DecretoVigente
Decreto 1017 de 2025
por el cual se modifican, adicionan y derogan unos artículos del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte.
26artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modifíquese El Artículo 22Modifíquese El Artículo 23Adiciónense Los Parágrafos 1°, 2° Y 3° Al Artículo 24Modifíquese El Artículo 25Modifíquese El Artículo 26Adiciónese Un Segundo Parágrafo Al Artículo 27Modifíquese El Artículo 28Modifíquese El Artículo 29Modifíquese El Artículo 210Modifíquense Los Numerales 9, 10 Y 11 Del Artículo 211Adiciónense Los Parágrafos 1° Y 2° Al Artículo 212Modifíquese El Artículo 213Modifíquese El Artículo 214Modifíquese El Artículo 215Modifíquese El Artículo 216Adiciónese Un Parágrafo Y Modifíquese El Artículo 217Modifíquese El Artículo 218Modifíquese El Artículo 219Modifíquese El Artículo 220Modifíquese El Artículo 221Modifíquese El Artículo 222Modifíquese El Artículo 223Modifíquese El Artículo 224Adiciónese El Artículo 225El Ministerio De Transporte Realizará Las Modificaciones Necesarias En Los Sistemas Para Aplicar Las Reglamentaciones Mencionadas En El Presente Decreto, Que No Tengan Un Término Expresamente Definido, Las Cuales Serán Expedidas Dentro De Los Seis (6) Meses Siguientes A La Entrada En Vigencia Del Presente Decreto26Vigencia Y Derogatoria
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial, las previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, los numerales 2 y 6 del artículo 3° de la Ley 105 de 1993 y los artículos 4° y 5° de Ley 336 de 1996 y
- Germán Ávila PlazasEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- María Fernanda Rojas MantillaLa Ministra de Transporte