°. Modifíquese el artículo 2 .2.1.7.4.5. de la Sección 4 del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1079 de 2015, el cual quedará así: “2.2.1.7.4.5. Traspaso. No se requerirá paz y salvo proveniente de las empresas de transporte terrestre automotor de carga para adelantar trámites ante los organismos de tránsito”.
Decreto 1017 de 2025 →Vigente
Artículo 7
Modifíquese El Artículo 2
Decreto 1017 de 2025 · por el cual se modifican, adicionan y derogan unos artículos del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.