Decreto
Decreto 1416 de 2026
Por el cual se adoptan medidas de recuperación, financiamiento, aseguramiento y acceso a recursos en los sectores financiero, cooperativo, solidario y del mercado de valores en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto 1348 de 2026
10artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Ámbito De Aplicación Y Acreditación De La Afectación2Régimen Temporal Para La Apertura, Traslado, Reubicación Y Cierre De Puntos De Atención3Condiciones Temporales Para Créditos Destinados A La Reparación, Reconstrucción O Reposición De Vivienda Afectada4Régimen Temporal Y Focalizado Para Emisiones De Deuda De Sociedades Por Acciones Simplificadas Vinculadas Con La Recuperación Y Reconstrucción5Forma De Pago De Indemnizaciones Por Seguros Con Cobertura De Terremoto6Artículo 67Entrega De Productos Financieros Sin Juicio De Sucesión8Habilitación Transitoria En El Sector Cooperativo9Recursos Para Líneas Especiales10Vigencia