Micelio
Sentencia de Tutela9 de diciembre de 1999

T-982 de 1999

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Judith Hurtado De Borrero

Tema · dato duro
Derecho Al Reconocimiento Y Pago De Pension De Jubililacion Dpto Tolima. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Pension De Jubilacion
  • Falta de definición sobre existencia
  • Fundamental por conexidad
  • Negativa de reconocimiento sin decisión sobre existencia
Defensoria Del Pueblo
  • Nombramiento de funcionario para asistencia sobre derecho a la pensión
Derecho De Peticion
  • Inexistencia de solicitud
Pension De Jubilacion
  • Negativa de reconocimiento con base en inaplicación de ordenanza sin analizar derecho a ella
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCASE el fallo proferido por el Juzgado
  2. Segundo. Laboral del Circuito de Ibague, Tolima, dentro del proceso de tutela instaurado por la senora Judith Hurtado de Borrero en contra de la Gobernacion del Tolima, Secretaria de Educacion y Fondo Territorial de Pensiones del Tolima, por las razones expuestas en la parte motiva de este fallo. En consecuencia, CONCEDASE el amparo solicitado por la actora, en los terminos de esta sentencia.
  3. ORDENASE al Gobernador del Tolima que, a traves del Fondo Territorial Departamental de Pensiones, estudie en un termino no mayor de treinta (30) dias, el derecho que le pude asistir a la senora Hurtado de Borrero a su pension de jubilacion y expida, en el mismo termino, la resolucion que defina sobre este. Para el efecto, la entidad ha de tener el escrito de tutela y las pruebas que existen en el expediente, como la solicitud formal de reconocimiento de la pension de jubilacion de la actora. Para el efecto, la Secretaria General de esta Corporacion remitira copia integra del expediente.
  4. Segundo. SOLICITASE al senor Defensor del Pueblo -Regional Tolima-, nombrar un funcionario de esa dependencia, para que asista a la senora Hurtado Borrero ante el Fondo Territorial Departamental de Pensiones, y haga valer los derechos de esta. Para el efecto, la Secretaria General de esta Corporacion le remitira copia de esta providencia.
  5. Tercero. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.