Micelio
Sentencia de Tutela2 de diciembre de 1999

T-972 de 1999

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Diaz Rodriguez Daniel Eduardo·Demandado Olavio Lopez Duque

Tema · dato duro
Der Al Trabajo A La Igualdad Libertad Religiosa Discriminacion De Docente Por Creencias Religiosas Asignacion Carga Academica En Su Especialidad. Casanare. Ver 430/93 Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Particulares
  • Vicario apostólico, coordinador de educación contratada de Departamento
  • Prestación de servicio público de educación
Confesiones Religiosas
  • Derechos
  • Estado laico y pluralista
Libertad Religiosa Y De Cultos
  • Relación
  • Derechos que comprende
Libertad Religiosa
  • Decisión de optar por un determinado culto
  • Garantía de opción a los padres para escoger educación de hijos menores
  • Principios que rigen la libertad de las personas
Juez De Tutela
  • Incompetencia para ordenar traslado de educador
  • Incompetencia para reasignar carga académica de educador atendiendo especialidad
Contrato Educativo Con Conferencia Episcopal
  • Certificado de idoneidad del docente en educación religiosa y moral
Igualdad Religiosa
  • Equivale a la proporcionalidad antes que a lo idéntico
Ley General De Educacion
  • Elección por padres de educación religiosa y moral según convicciones
13 temas · 19 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR las sentencias proferidas por el Juzgado Promiscuo Municipal de Nunchia Casanare del 11 de mayo de 1.999 y del Juzgado Promiscuo del Circuito de Yopal -Casanare del 21 de junio de 1.999 en el caso de la referencia.
  2. Segundo. ORDENAR que por Secretaria se hagan las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por20
T-357/24Principio De Laicidad Y Derecho A La Libertad Religiosa Y De Cultos-Estudio De La Asignatura Religión En Nivel Básico Y Medio (Institución Educativa Pública). Rechazo Infundado Del Recurso Oportuno De Impugnación.SU.059/24Principio De Laicidad, De Confianza Legítima Y Autonomía Universitaria-Libertad Religiosa, De Conciencia Y De Cultos. Derecho A La Igualdad En Los Centros Oficiales De Educación SuperiorT-524/17Principio De Laicidad Y Deber De Neutralidad En Materia Religiosa De Las Instituciones Educativaas Oficiales.T-531/14Tutela de 2014A. 267/07Solicitud De Nulidad De La Sentencia C-505 De 2007 Por Cuanto Para El Peticionario, La Demanda Cumplia Con Los Requisitos Para Ser Admitida Y Resuelta De Fondo, Ademas De Que Se Le Nego La Posibilidad De Corregir El Libelo. Procedencia De La Solicitud De Nulidad Contra Sentencias De Control De Constitucionalidad Proferidas Por La Corte Constitucional. La Jurisprudencia De La Corte Avala La Posicion Asumida Por La Sala En La Sentencia C-505 De 2007. La Adopcion De La Decision Inhibitoria No Implica Vulneracion Del Debido Proceso, Pues La Decision Inhibitoria No Produce Efectos De Cosa Juzgada, Circunstancia Que Permitiria Al Demandante Presentar Una Nueva Accion De Inconstitucionalidad Para Cuestionar La Legitimidad De La Norma. NegadaA. 265/07Solicitud De Revocatoria De La Sentencia Su.388/05, Con Base En Que La Accionante No Encuentra Justificacion Alguna A La Postura Asumida Por Esta Corporacion Al Limitar En Un Periodo El Beneficio De Estabilidad Laboral Reforzada Que Establecio El Articulo 13 De La Ley 790 De 2002 Para Madres Cabeza De Familia Sin Alternativa Economica, Cuando Por Otro Lado La Corte Considera Que La Proteccion De Los Derechos Fundamentales Se Otorga Hasta Que Cese La Vulneracion. La Jurisprudencia De La Corte Ha Señalado Que Las Solicitudes De Nulidad Que Se Presentan En Contra De Sus Fallos Solo Estan Llamadas A Prosperar Ante La Existencia De Circunstancias Excepcionales. Igualmente Ha Establecido Que Es Posible Solicitar La Nulidad De Las Sentencias Proferidas Por Ella, Con El Objeto De Preservar La Vigencia De Las Garantias Procesales Previstas En La Constitucion Y En La Ley Dentro De Las Actuaciones Surtidas En La Corte. La Oportunidad Para Proponer La Nulidad Es De Tres Dias Señalado En El Articulo 31 Del Decreto 2591 De 1991, A Partir De La Fecha En Que Se Notifique A Las Partes Por El Juez O Tribunal De Primera Instancia. Negada
Ver las 20

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.