Micelio
Sentencia de Tutela23 de noviembre de 2006

T-967 de 2006

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Hermes Arnulfo Rivera Fajardo Vs. Iss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Carácter residual
  • Procedencia excepcional reliquidación de prestaciones laborales
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia por no existir otro medio de defensa judicial
Accion De Tutela Para Reliquidacion De Pensiones
  • Criterios jurisprudenciales para la procedencia excepcional
Principio De Subsidiariedad De La Accion De Tutela
  • Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida el debido proceso y el minimo vital de afiliado a quien la entidad le reconocio una indemnizacion sustitutiva de la pension de vejez en una cuantia que no corresponde.solicita se ordene la reliquidacion de la indemnizacion.procedencia excepcional de la accion de tutela para ordenar la reliquidacion de prestaciones laborales.

Condiciones objetivas y razonables de procedibilidad.el demandante tiene otro mecanismo judicial de defensa que hace improcedente la accion de tutela.negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR los términos que fueron suspendidos mediante auto del 14 de septiembre de 2006.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR la sentencia del 13 de marzo de 2006, proferida por el Juzgado
  3. Cuarto. Penal del Circuito de Bucaramanga, en el proceso de la referencia.
  4. TERCERO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.