Sentencia de Tutela26 de noviembre de 1999
T-945 de 1999
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Jose Isauro Y Jorge Alfonso Garcia Bermudez.
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Defensa. Debido Proceso. Tutela Contra Sentencia Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Debido Proceso
- Alcance
Derecho De Defensa Tecnica
- Personas ausentes
- Alcance
- Inexistencia de vulneración por no presentación de recurso de casación
Procesamiento En Ausencia
- Naturaleza
Abogado
- No está obligado a presentar totalidad de recursos
Debido Proceso Penal
- Trámite de ausencia sin agotar previamente notificación al sindicado
Declaracion De Persona Ausente
- Naturaleza
6 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E
- Primero. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia, la Sentencia dictada el 25 de marzo de 1999 por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del h. Consejo de Estado, mediante la cual se rechazó la tutela de la referencia y, en su lugar, CONFIRMAR el fallo del 12 de febrero de 1999, dictado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante la cual se denegó el amparo solicitado.
- Segundo. Por la Secretaría General de la Corte Constitucional, DESE cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
C-657/96Dec. 2700/91. C.P.P. Arts. 114115117111124125131137144150151158177217227228232238226245343344345351352355431442453469 Y 482 Parciales. Intercep. De Comunic. Exeq E Inexeq.C-488/96Dec. 2700/91. C.P.P. Varios Arts. Sujeto Procesal. Calidad De Persona Ausente. Exequible.C-049/96Dec. 2700/91. Arts. 138161322 Parciales Y 148 Y 355. Defensa Tecnica. Exequible E Inexequible.T-001/93Debido Proceso. Posesion De Inmuebles Omision De Autoridad Publica. Inspeccion De Policia. ConcedidaC-592/93Dec.2550/88. Art. 374.Parcial. Codigo Penal Militar. Quienes Pueden Ser Defensores. Inexequible.
Citada por9
T-181/19Accion De Tutela Contra Providencia Judicial. Procedencia Por Defecto Procedimental Absoluto Por Falta De Notificacion En Proceso Penal.T-385/18Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. En Proceso Penal. Procedencia Por Defectos Factico Y Procedimental Absoluto.T-761/12Tutela de 2012T-799A/11Tutela de 2011C-425/08Acto Legislativo Que Implemento El Sistema Penal Acusatorio-Conformación De Comisión De Seguimiento Del Sistema Penal AcusatorioT-1110/05Tutela de 2005
Ver las 9 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.