Micelio
Sentencia de Tutela7 de noviembre de 2012

T-912 de 2012

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Ernesto Vargas Hernandez Y Otros·Demandado Tribunal Administrativo De Nariño

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Vulneración o amenaza cierta a un derecho fundamental como requisito de procedencia
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • A través de apoderado judicial
Requisito De Inmediatez De La Accion De Tutela
  • No cumple el requisito de la inmediatez, demora en la interposición de la acción
  • Característica esencial
Accion De Tutela Y Principio De Inmediatez
  • Improcedencia por cuanto no se encuentra justificada la demora de interposición
Legitimacion Por Pasiva En Tutela
  • Requisito de procedibilidad
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso.

Tutela contra providencia judicial.

Se demanda en sede de tutela la decisión judicial que denegó la acción de reparación directa instaurada por los accionantes en contra del Ministerio de Defensa-Ejército Nacional.

Se pretende que se deje sin efectos el fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Nariño y que en su lugar se ordene proferir una sentencia nueva en la cual se corrija el defecto fáctico en que incurrió el operador judicial y dé aplicación a los precedentes jurisprudenciales vigentes del Consejo de Estado.

La Sala de Revisión constata que la tutela no cumple el requisito de inmediatez y de manera consecuente confirma los fallos de

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR el fallo de tutela del veintiseis (26) de enero de dos mil doce (2012), proferido por la Seccion Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que, a su vez, confirmo el dictado, el veintisiete (27) de octubre de dos mil once (2011), por la Seccion Segunda Subseccion B de la misma Sala del Consejo de Estado, dentro de la accion de tutela instaurada por Ernesto Vargas Hernandez y otros, contra el Tribunal Administrativo de Narino, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. Segundo. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.