T-866 de 2007
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Miriam Josefa Rincones Mercado Vs. Coomeva
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pago oportuno de licencia de maternidad
- Hace parte del mínimo vital
- Evolución jurisprudencial en relación con el pago completo o proporcional según las semanas cotizadas durante el periodo de gestación
- Pago por cuanto la interrupción en los aportes a salud fue de menos de dos meses
- Protección constitucional especial
- Procedencia excepcional
- Obligación de estudiar las circunstancias particulares a fin de verificar el cumplimiento o no de la obligación de cotizar durante el período de gestación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida en condiciones dignas la seguridad social y los derechos fundamentales de los niños de afiliada a quien la entidad se niega a reconocerle y pagarle la licencia de maternidad aduciendo que la accinante no habia cumplido con el requisito de haber cotizado de manera ininterrumpida y continua durante todo el periodo de gestacion.solicita se ordene el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.la proteccion a la maternidad en la constitucion politica y su desarrollo jurisprudencial por la corte constitucional.
Viabilidad de la accion de tutela para reclamar el pago de la licencia de maternidad.
Obligacion de cotizar al sistema general de seguridad social en salud durante el periodo de gestacion.
Analisis de diferentes situaciones particulares.
Evolucion jurisprudencial en relacion con el pago completo o pago proporcional de la licencia de maternidad segun las semanas cotizadas durante el periodo de gestacion.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 16 de marzo de 2007 por el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito del Distrito Judicial de Santa Marta, que a su turno confirmo la proferida por el Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de la misma ciudad el 12 de febrero de 2007, que nego la tutela promovida por la senora Miriam Josefa Rincones Mercado en contra COOMEVA E.P.S. En su lugar, CONCEDER, la tutela por violacion de los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas, a la seguridad social y a los derechos fundamentales de los ninos.
- Segundo. ORDENAR a COOMEVA E.P.S., que en termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta sentencia, y si aun no lo hubiere hecho, cancele a la senora Miriam Josefa Rincones Mercado, la totalidad de la licencia de maternidad.
- Tercero. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
- Cuarto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.