T-815 de 2011
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Ana Rengifo Moreno·Demandado Secretaria Seccional De Salud De Antioquia Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Hecho superado por haber sido autorizados los exámenes de diagnóstico ordenados por el médico tratante
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Seguridad social, vida, salud.
En el presente caso la demandante interpuso la acción de tutela para solicitar la inmediata atención médica especializada y el tratamiento integral que requería para el manejo de la patología que padecía.
En sede de revisión se constató que la entidad accionada practicó los exámenes de diagnóstico requeridos, situación que conllevó a la Sala a declarar la carencia actual de objeto por hecho superado
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida en mayo 23 de 2011, por el Juzgado 12 Civil del Circuito de Medellín, dentro de la acción de tutela incoada por Ana Rengifo Moreno, contra la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia y Cafesalud EPSS.
- Segundo. DECLARAR la carencia actual de objeto en el presente asunto, por hecho superado.
- Tercero. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.