Micelio
Sentencia de Tutela4 de noviembre de 2014

T-803 de 2014

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Maria Nelly Santamaria Oviedo·Demandado Colpensiones

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Beneficiarios Del Regimen De Transicion
  • Pierden tal condición las categorías i) y ii) de mujeres mayores de 35 y hombres mayores de 40, si se afilian o se trasladan al régimen de ahorro individual
Requisitos De La Pension De Vejez Y Regimen De Transicion
  • Aplicación del Acuerdo 049/90 artículo 12 del Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios
Derecho Al Minimo Vital, Seguridad Social, Igualdad Y Debido Proceso
  • Orden a Colpensiones reconocer pensión de vejez, incluir en nómina, y reconocer el valor del retroactivo de las mesadas que no se encuentren prescritas
7 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante tiene cerca de 70 años de edad y es, según ella, beneficiaria del régimen de transición.

Aduce que no ha podido acceder a su derecho prestacional, porque COLPENSIONES alegó que no era posible acumular los tiempos que laboró para la Policía Nacional y la Rama Judicial, junto con los cotizados directamente al ISS.

Se reitera jurisprudencia relacionada con el régimen de transición previsto en la Ley 100 de 1993 y; los requisitos para acceder a la pensión de vejez.

Se CONCEDE el amparo de los derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso, a la seguridad social y al mínimo vital.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, el tres (3) de julio de dos mil catorce (2014), la que a su vez confirmo el fallo emitido por el Juzgado
  2. Octavo. Laboral del circuito de la misma ciudad el 14 de mayo de 2014, para en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso, a la seguridad social y al minimo vital de la accionante.
  3. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS, las Resoluciones Num. 11050 de 28 de marzo de 2012 y Num. 187239 del 18 de julio de 2013 proferidas por COLPENSIONES, y ORDENAR a dicha entidad, que dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, inicie y agote en un plazo maximo de un (1) mes, todos los tramites y gestiones encaminadas a reconocer la pension de la senora Maria Nelly Santamaria Oviedo, su inclusion en nomina, y el reconocimiento del valor del retroactivo de las mesadas que no se encuentren prescritas, de conformidad con las consideraciones expuestas en esta sentencia.
  4. Tercero. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.