T-736 de 2011
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Jonathan Arturo Rendon Melendez·Demandado Universidad Francisco De Paula Santander
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Creación de incentivos académicos, económicos y administrativos
- Otorgar beneficio de exoneración de pago de matrícula por presentar censo que lo acredita como damnificado del desastre natural de Gramalote
- Arbitrariedad cuando inaplica procedimiento establecido o descalifica documentos que acreditan a estudiante como damnificado de Gramalote
- Alcance
- No es absoluta para establecer sus propios reglamentos
- Validez para establecer beneficios a personas en debilidad manifiesta
- Obligación de autoridades administrativas de universidad aplicar reglamento educativo
- Aspectos a establecer en desarrollo de la autonomía universitaria
- Hace parte integral del ordenamiento jurídico y se vincula al contrato de matrícula entre estudiante y universidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, educación.
El demandante es estudiante de Ingeniería Biotecnológica en la Universidad Francisco de Paula Santander, institución educativa que, con ocasión de la tragedia ocurrida en el municipio de Gramalote, decidió exonerar de pago de derechos académicos a los estudiantes que demostraran haber sido afectados por el desastre natural, para lo cual debían presentar, entre otros documentos, el censo que los acreditara como damnificados.
El accionante presentó la documentación requerida en el tiempo indicado y sin embargo la Universidad, al cotejar dichos documentos con los presentados por el estudiante al momento de su inscripción como estudiante regular, llegó a la conclusión que no era damnificado de la tragedia de Gramalote, razón por la cual decidió no darle ningún valor probatorio al censo que lo acreditaba como tal.
La Sala considera que la universidad, en caso de haber tenido dudas sobre la condición de damnificado del accionante, debió solicitarle pruebas adicionales; en lugar omitir esto y realizar una inadecuada interpretación de las allegadas, las cuales lo acreditaban como damnificado y por tanto beneficiario de la exención.
Se CONCEDE el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo del Tribunal Administrativo de Norte de Santander del 31 de marzo de 2011, por las razones expuestas en esta providencia, y en su lugar TUTELARÁ los derechos fundamentales al debido proceso y a la educación del señor Jonathan Arturo Rendón Meléndez.
- SEGUNDO. ORDENAR al Representante Legal de la Universidad Francisco de Paula Santander para que le otorgue el beneficio de exclusión al pago de matrícula al estudiante Jonathan Arturo Rendón Meléndez, por un término igual al de los otros estudiantes que fueron favorecidos con dichos beneficios.
- TERCERO. LÍBRESE por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.