T-724 de 2013
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Carolina Morales De Cardona Y Otros·Demandado Cajanal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial
- Improcedencia por no acreditarse los requisitos de procedencia excepcional
- Requisitos de procedencia excepcional para reliquidación de pensiones
- Requisitos de la respuesta
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se ataca en sede de tutela los actos administrativos mediante los cuales CAJANAL liquidó la pensión de jubilación de los accionantes, alegando que en estos se desconoció el régimen de transición y los demás regímenes especiales a los que pertenecían por su condición de ex funcionarios y ex trabajadores de la Rama Judicial y del sector docente.
Considera la Sala que la acción de tutela impetrada resulta IMPROCEDENTE para ordenar la reliquidación de las pensiones de jubilación, por cuanto no se acreditaron los requisitos exigidos por la jurisprudencia constitucional para que proceda esta acción de manera excepcional y como mecanismo transitorio de amparo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia de la Sala de Decision Penal del Tribunal Superior de Manizales, Caldas, proferida el 2 de mayo de 2013, que confirmo la sentencia del Juzgado
- Septimo. Penal del Circuito de Manizales, Caldas, del 15 de marzo de 2013, que nego el amparo invocado por los accionantes, y que asimismo, tutelo el derecho de peticion del senor Jose Edgar Zuluaga Arias.
- SEGUNDO. Librese por la Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- MAURICIO GONZALEZ CUERVO
- Magistrado
- LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ
- Magistrado
- GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.