Micelio
Sentencia de Tutela5 de julio de 2001

T-700 de 2001

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Fabricio Murillo Mosquera Vs. Gobernacion De Antioquia Y Otros

Tema · dato duro
Debido Proceso Igualdad Pago De Salarios Adeudados Y Derecho De Defensa. Solicitud De Cancelacion De Dias Laborados Por Fuera Del Calendario Escolar. El Juez Ordinario Debe Determinar Quien Retribuye Los Servicios Prestados. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia por no afectación del mínimo vital
  • Término de presentación
Entidades Territoriales
  • Autonomía de funciones respecto al servicio público de educación
Derecho A La Igualdad
  • Trato sin diferencias entre personas que comportan una misma situación fáctica
Medio De Defensa Judicial
  • Vulneración del derecho al trabajo
Salario
  • Ausencia de pago de días no trabajados por cese de actividades
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. REVOCAR parcialmente el fallo proferido por el Juzgado
  4. Cuarto. Penal del Circuito Especializado de Medellín el 15 de enero del año en curso y, en su lugar, DENEGAR la protección invocada por Fabricio Murillo Mosquera contra la Gobernación de Antioquia, la Secretaría de Educación Departamental y el Ministerio de Educación Nacional por violación de sus derechos fundamentales a una vida digna, igualdad, debido proceso, a la libertad de expresión, conciencia y asociación.
  5. Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1.991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.