T-677 de 2008
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Nelly Del Carmen Marin Gil·Demandado Sala Decima Laboral Del Tribunal Superior De Medellin Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia para el caso
- Procedencia excepcional
- Clases de defectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso por la decision adoptada por el tribunal superior dentro del tramite del proceso ejecutivo para el pago de intereses de mora, instaurado por la peticionaria contra la caja nacional de prevision mediante la cual se revoco la decision adoptada en primera instancia y se declaro probada la excepcion de "inexistencia de la obligacion" frente a la parte ejecutada.
Reajuste de su pension de jubilacion.
Procedencia excepcional de tutela contra providencias judiciales.
Negada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REANUDAR el término para resolver la revisión, suspendido por esta Sala mediante Auto del día 28 de abril de 2008.
- Segundo. CONFIRMAR la decisión adoptada el día quince (15) de noviembre de 2007 por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual se denegó la acción de tutela interpuesta por Nelly del Carmen Marín Gil contra la Sala Décima Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín, con vinculación oficiosa de la Caja Nacional de Previsión Social E.P.S, la Caja Nacional de Previsión Social E.I.C.E y el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Medellín.
- Tercero. DESE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.