Sentencia de Tutela6 de agosto de 2003
T-671 de 2003
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Amparo Del Socorro Henao Vs. Liceo Santa Helena Y Otra Medellin
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Educacion De Joven. Solicitud Reintegro Para Continuar Estudios Secundarios. Derecho-Deber Del Educando Y Centro Educativo. Educacion Alternativa Desescolarizada. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Educación
- Deberes del estudiante
Derecho A La Educacion Del Menor
- Debe aceptar posibilidades de educación alternativa desescolarizada
Establecimiento Educativo
- No vulneró derechos del educando
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. CONFIRMAR en todas sus partes el fallo proferido por el juzgado 25 Penal Municipal de Medellín, en el trámite de la acción de tutela iniciada por Amparo del Socorro Henao contra el Liceo Santa Elena y la Secretaría de Educación Municipal de Medellín.
- Segundo. La Secretaría de Educación de Medellín, deberá continuar ofreciendo al menor las opciones de estudio desescolarizado que más se adapten a su desarrollo físico y emocional, teniendo en cuenta el sitio donde habita, las posibilidades económicas de su madre y el menor grado de lesividad que cause su comportamiento en la comunidad escolar.
- Tercero. Por Secretaria, LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-022/03Derecho Al Debido Proceso De Menor De Edad. Solicitud Reintegro. Imposicion De Sanciones En Proceso Disciplinario. Cancelacion Matricula. Manual De Convivencia. Aplicación De Las Normas. Concedida.T-694/02Derecho A La Educacion Y Permanencia De Menor De Edad En Plantel Educativo. Perdida Del Año. Ejercicio De La Autonomia Judicial. Seguridad Juridica. Aplicación Erronea De Un Precedente Constitucional. Fuerza Vinculante De Reglamentos Educativos. Manual DeT-323/94Der. A La Educacion. Obligatoriedad Despues De Los 15 Años. Igualdad Frente A Los Demas Alumnos. Negada.T-316/94Der. A La Educacion. Igualdad De Oportunidades En La Adjudicacion De Cupos Para Repetir Un Grado. Negada.T-186/93Derecho A La Educacion. Derecho A La Igualdad. Accidente De Un Alumno Incapacidad Medica. Negada.T-519/92Derecho A La Educacion. Faltas Disciplinarias. Col. Salesiano(Dosquebradas). Negada.
Citada por8
T-165/20Derecho A La Educacion Superior Y Debido Proceso Como Limite A La Autonomia UniversitariaT-100/20Incumplimiento De La Obligación De Pago Derivada Del Contrato Educativo Faculta –En Principio- A La Institución Educativa A Retener Los Documentos Cuando No Se Acredite, Por Parte Del Interesado Una Justa Causa Y La Voluntad De Pago De Obligaciones Adquiridas.T-091/19Derecho A La Educacion Y Debido Proceso En Institucion EducativaT-625/13Tutela de 2013T-492/10Tutela de 2010T-360/08Tutela de 2008
Ver las 8 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.