Sentencia de Tutela13 de noviembre de 1998
T-668 de 1998
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Juan De Dios Gomez Moreno
✓
Tema · dato duro
Der. A La Igualdad. Der. A La Seguridad Social Y A La Salud. Pago De Pensiones Por Empresa En Grave Situacion Economica. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Concordato Preventivo Obligatorio
- Pago preferente de mesadas pensionales
Derecho A La Seguridad Social De Persona De La Tercera Edad
- Pago oportuno de mesadas pensionales
Derecho A La Subsistencia Del Pensionado
- Pago oportuno de mesadas
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferidos por el Juzgado Civil del Circuito de Pacho (Cund.). En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la igualdad, seguridad social y salud del actor.
- Segundo. ORDENAR a la empresa Siderúrgica Corradine S.A., que en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación del presente fallo, proceda a reanudar los pagos de las mesadas pensionales al señor Juan de Dios Gómez Moreno, así como también reanudar los pagos al Instituto de Seguros Sociales, régimen Salud, si aún no lo ha hecho. En cuanto a las mesadas ya causadas y no pagadas, el actor podrá acudir ante la jurisdicción ordinaria para exigir su pago.
- Tercero. SÚRTASE el trámite previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-307/98Seguridad Social De Las Personas De La Tercera Edad. Der. Al Minimo Vital. Suspension De Mesada Pensional Por Empresa En Concordato. Concedida.T-528/97Der. A La Seguridad Social. Der. A La Igualdad. Pago Preferente De Mesadas Pensionales. Concedida.T-484/97Der. A La Vida E Integridad Personal. Tercera Edad. Suspension De Pago De Mesadas Pensionales Por Empresa Que Se Encuentra En Concordato. Concedida.T-299/97Ders. De Las Personas De La Tercera Edad. Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Empresa En Concordato No Paga Oportunamente Pensiones. Concedida.T-111/94Der. A La Seguridad Social. Pago Oportuno De Pensiones. Concedida.T-426/92Derecho De Peticion. Derecho A La Seguridad Social. Derechos De Las Personas De La Tercera Edad.Concedida Parcialmente.
Citada por4
T-767/11Tutela de 2011T-093/06Tutela de 2006T-844/03Derecho Al Debido Proceso. Via De Hecho. Interposicion Querella Por Ocupacion De Hecho. Perturbacion A Posesion De Bien Inmueble Adjudicado Por Incora. Proceso Policivo. Concedida.T-275/03Derechos Al Minimo Vital Subsistencia Y Seguridad Social. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensiónales. Acuerdo De Restructuracion. Ley 550 De 1999. Llamado A Prevencion. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.