Sentencia de Tutela16 de octubre de 1997
T-528 de 1997
Ponente Hernando Herrera Vergara
✓Demandante Stella Buitrago De Patiño
✓
Tema · dato duro
Der. A La Seguridad Social. Der. A La Igualdad. Pago Preferente De Mesadas Pensionales. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Concordato Preventivo Obligatorio
- Pago preferente de mesadas pensionales
- Pago de mesadas pensionales
Derecho A La Seguridad Social De Persona De La Tercera Edad
- Fundamental por conexidad
Medio De Defensa Judicial Ineficaz
- Pago oportuno de mesadas pensionales por empresa en situación concordataria
Sustitución Pensional
- Pago oportuno de mesadas a beneficiario
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR los fallos proferidos en primera instancia por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Armenia del 24 de abril de 1997, el fallo de segunda instancia proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Armenia del 30 de mayo del mismo ano. En su lugar, TUTELAR, los derechos fundamentales a la seguridad social, e igualdad.
- Segundo. ORDENAR a la Sociedad Francisco Luis Gomez y Hermanos "Almacenes El Lobo", que en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion del presente fallo, proceda a reanudar los pagos de las mesadas pensionales a la senora Stella Buitrago de Patino. En cuanto a las mesadas ya causadas y no pagadas, la entidad demandada, debera, tan pronto exista la disponibilidad de los dineros, proceder a pagar de manera preferente, todas aquellas obligaciones laborales existentes y pendientes de pagar a la senora Stella Buitrago de Patino.
- Tercero. SOLICITAR al Superintendente de Sociedades verificar el cumplimiento del presente fallo.
- Cuarto. SURTASE el tramite previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Citada por38
T-070/17Pension De Sobrevivientes De Hijo Fallecido.T-524/02Derechos Al Minimo Vital Salud Vida Digna Y Seguridad Social De Persona De La Tercera Edad. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Pension De Sobrevivientes. Cubrimiento Gastos De Salud. Concedida.T-055/02Derechos A La Vida Minimo Vital Y Seguridad Social De Persona De La Tercera Edad Que Continua Trabajando. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Emision Y Pago De La Cuarta Parte Del Bono Pensional. Caracter Residual O Subsidiario De La Tutela. IT-550/01Derecho A La Vida Seguridad Social Y Minimo Vital. Protecion Especial A Los Menores Que Cuentan Con Reconocimiento De Sustitucion Pensional. Concedida.T-1284/01Derecho A La Seguridad Social Y Al Minimo Vital. Solicitud Traslado Al Seguro Social De Aportes Descontados Para Pension. Proteccion Constitucional De Derechos No Invocados Por El Actor. Seguridad Social Para Personas En Edad De Pensionarse. Vulneracion DT-932/00Pago De Acreencias Laborales. Derecho Al Trabajo Al Minimo Vital A La Seguridad Social Y A La Vida. Reiteracion De Jurisprudencia. Procedencia Excepcional De La Tutela Para El Pago De Acreencias Laborales. Concedida.
Ver las 38 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.