T-634 de 2007
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Gabriel Stanich Maldonado Y Otro Vs. Consejo Superior De La Carrera Notarial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Desarrollo jurisprudencial
- Función pública
- Organismo que la administra
- Aplicación del inciso 3 artículo 4 del Decreto 3454 de 2006 que regula el proceso de inscripción
- Régimen de inhabilidades
- Reglas exigentes
- Sistema normativo especial
- Sanción por falta disciplinaria realizada en ejercicio del cargo
- Intemporalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al acceso al desempeño de funciones publicas el debido proceso la igualdad al trabajo la honra y el buen nombre de personas que fueron nombradas como notarios sancionados con suspension en el ejercicio del cargo por dos meses que fueron excluidos del concurso notarial habida cuenta de que la accion de nulidad contra los actos sancionatorios no ha sido resuelta.solicitan se ordene al consejo superior de la carrera notarial permita a los demandantes su incripcion en el concurso previa la acreditacion de los demas requisitos exigidos.reglamentacion del servicio publico que prestan los notarios y su nombramiento en propiedad mediante concurso.
El regimen inhabilidades previsto para la funcion notarial y la intemporalidad de estas.
La actividad notarial se caracteriza por ser un servicio publico de caracter testimonial y esta sometida a un sistema normativo especial.
El notario como gestor de dicha funcion tambien esta sometido en materia de inhabilidades a reglas mas exigentes.
El derecho de acceso al desempeño de funciones y cargos publicos no es un derecho absoluto.
Para aplicar la figura de la excepcion de inconstitucionalidad es necesario que la incompatibilidad de la norma con la constitucion politica sea evidente.
En el presente caso no es procedente la accion de tutela.negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR el fallo proferido por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, el dia 13 de febrero de 2007, por las razones expuestas en la presente decision.
- SEGUNDO. LIBRENSE, por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.