T-622 de 2006
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Olimpo Perdomo Castillo Vs. Inpec
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reglas jurisprudenciales
- Solicitud al INPEC sobre periodos laborados
- Respuesta debe ser de fondo, oportuna, congruente y tener notificación efectiva
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho de peticion de extrabajador que presto sus servicios en el inpec y a quien la entidad le certifica solamente una parte del periodo y no su totalidad aduciendo la carencia de registros para el efecto certificacion que se requiere para el tramite de la pension de jubilacion.
Solicita se ordene una respuesta de fondo clara precisa y fidedigna sobre el tiempo laborado en el inpec.
La eficacia del derecho de petición cuando la entidad certificadora no cuenta con archivos completos y actualizados sobre la materia a certificar.
La exigencia de claridad precisión y coherencia de la respuesta con lo solicitado.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Florencia el catorce (14) de febrero de dos mil seis (2006), y por la Sala Unica de Decision del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, el catorce (14) de marzo de dos mil seis (2006), que negaron la accion de tutela promovida por Olimpo Perdomo Castillo contra la Coordinacion de gestion y Contratacion del Instituto Nacional penitenciario y carcelario INPEC.
- Segundo. TUTELAR el derecho de peticion de Olimpo Perdomo Castillo, ordenando al coordinador de Gestion y Contratacion del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC, desplegar toda la actividad necesaria a fin de emitir al peticionario una respuesta de fondo, clara, precisa, fidedigna y veraz sobre el tiempo laborado en esa entidad, subsanando la inconsistencia que se registra entre la certificacion 0090 de febrero 2 de 2006, y el contenido de la resolucion 1883 de mayo 27 de 1960, de ser necesario para la reconstruccion de la informacion, se apoyara en otras dependencias o instituciones como podrian ser las pagadurias de los establecimientos carcelarios en los que presto sus servicios Olimpo Perdomo Castillo, a las cuales remite al peticionario.
- Tercero. DESE cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.