T-621 de 2005
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Carlos Orlando Becerra Castillo Vs Incoder
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Justificación de protección por tutela
- Suspensión provisional del acto administrativo como mecanismo judicial eficaz
- No vulneración de derechos fundamentales al existir solo discrepancias interpretativas de normales legales y contractuales
- Función de control
- Obligación de dar órdenes y sugerencias por escrito
- Principios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso de contratista de obra publica de incoder cuyo objeto era la rehabilitacion del distrito de irrigacion en pequeña escala albesca en el municipio de pasca - cundinamarca a quien por una presunta responsabilidad se le han impuesto sanciones pecuniarias y se le advierte la posible decaratoria de caducidad administrativa del contrato con los perjuicios que ello le causaria.
Solicita se declare que dentro de la documentación en poder de la entidad no existe prueba que de lugar a la caducidad del contrato y se ordene a la entidad abstenerse de declararla.
Derecho al debido proceso.
La sala advierte que las diferencias surgidas con ocasión de la ejecución del contrato de obra de las condiciones alli estipuladas y de su caducidad deberan debatirse ante la autoridad judicial competente para el caso la jurisdicción de lo contencioso administrativo oportunidad en que se debatira profusamente la documentación que conforma el expediente en el que se revela una permanente comunicacion entre las partes.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR, las sentencias proferidas por el Juzgado Treinta y Dos Civil del Circuito de Bogota y la Sala Civil del Tribunal Superior de esta misma ciudad, que denegaron el amparo solicitado, pero con base en las consideraciones aqui expuestas.
- Segundo. Por Secretaria General, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.