T-579 de 2008
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Alix Navas Quiñonez·Demandado Sanitas Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Atención integral en el tratamiento de artritis reumatoidea juvenil y mielopatía cervical y exoneración del pago de cuotas moderadoras
- Inaplicación de normatividad referente a pagos compartidos y cuotas moderadoras
- Fundamental autónomo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la seguridad social, vida y salud de persona afiliada al regimen contributivo que padece artritis reumatoidea progresiva y degenerativa y mielopatia cervical c3, por lo que requiere de elemento ortopedico -collar blando de thomas- que ha sido negado por la entidad aduciendo que en un fallo de tutela anterior, que fue favorable a la actora, solo le reconocieron medicamentos para tratar su enfermedad, mas no implementos ortopedicos, los cuales ademas se encuentran excluidos del pos.<br>solicita se ordene la atencion integral y el suministro de los implementos ortopedicos que requiera.<br>la salud como derecho fundamental frente a sujetos de especial proteccion.
Proteccion constitucional frente al cobro de copagos y cuotas moderadoras.<br>atendiendo al hecho de que en el fallo unico de instancia que se revisa se protegio a la actora en cuanto al suministro del implemento ortopedico, mas no asi en lo relativo a la proteccion integral solicitada ni en cuanto tiene que ver con la exencion de cuotas moderadoras, esta corte advierte que, dada la situacion pobre y vulnerable de la actora, adicionara la orden de tutela en el sentido de amparar integralmente sus derechos fundamentales, de tal forma que sera exonerada del pago de cuotas moderadoras que se generen con ocasion de los procedimientos, medicamentos, servicios e implementos medicos que ordenen los galenos tratantes, por el tiempo que sea necesario.<br>concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. CONFIRMAR, con las adiciones expuestas en precedencia, el fallo proferido el 27 de diciembre de 2007 por el Juzgado Catorce Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogota, en cuanto a TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social, la salud y la vida de Alix Navas Quinonez, ordenando a EPS Sanitas S. A., por conducto de su representante legal o quien haga sus veces, que en el termino de 48 horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, si no lo ha efectuado, autorice tambien lo que en la integral atencion disponga el medico tratante, en el tiempo y modo que este determine y con exencion de las cuotas moderadoras a que hubiere lugar.
- Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.