Micelio
Sentencia de Tutela24 de junio de 2003

T-518 de 2003

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Procuraduria General De La Nacion Vs. Tribunal Superior De Valledupar

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso De Personas Juridicas. Via De Hecho. Proceso De Expropiacion. Tramite Incidental. Posesion Predio "la Esperanza". Falta De Legitimacion Para Oposicion. Indemnizacion De Perjuicios. Tutela Contra Providencias Judiciales. Concedida
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia por no existir otro medio de defensa judicial
  • Procedencia excepcional por vía de hecho
Accion De Tutela Frente A Medio De Defensa Judicial
  • Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
Confesion
  • Requisitos
  • Clases
Mejoras
  • Reclamación
Posesion O Mera Tenencia
  • Medios probatorios
Via De Hecho
  • Concepto
  • Transgresiones ostensibles del ordenamiento jurídico
Derechos Fundamentales De Persona Juridica
  • Señalamiento de los que resultan aplicables y protección por tutela
Formulacion De Oposicion
  • La ley exige formularse en el acto de diligencia
Posesion
  • Concepto
  • Elementos
14 temas · 18 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia dictada el 5 de Febrero de 2003 por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia en el proceso de tutela adelantado por la Procuraduria General de la Nacion contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, Sala Civil-Familia-Laboral, con citacion oficiosa del Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Valledupar, la Alcaldia de Valledupar, el senor Jose Elias Mendoza Maestre y la sociedad Construcciones e Inversiones Santa Rosalia Limitada, y en su lugar CONFIRMAR la sentencia proferida el 9 de Diciembre de 2002 por la Sala de Casacion Civil de la misma corporacion.
  3. Segundo. Por Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.