Sentencia de Tutela8 de noviembre de 1993
T-510 de 1993
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Gerardo Ballesteros
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo. Derecho A La Igualdad. Manejo Del Orden Publico. Horarios De Establecimiento Comercial. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Establecimiento Nocturno
- Horario de funcionamiento
Alcalde
- Facultades
Derecho Al Trabajo
- Protección
Orden Publico
- Núcleo esencial
9 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- R E S U E L V E :
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juez Promiscuo Municipal de Villanueva (Santander) el pasado quince (15) de junio de 1993, por las razones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. ORDENAR que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 7o. del decreto 306 de 1992, queden sin efectos las actuaciones administrativas desarrolladas por el alcalde municipal en cumplimiento del fallo proferido por el Juez Promiscuo Municipal de Villanueva (Santander) el pasado quince (15) de junio de 1993.
- TERCERO. ORDENAR que por la Secretaria General de esta Corporacion se envie copia de esta providencia al senor alcalde municipal de Villanueva (Santander).
- QUINTO. ORDENAR que por la Secretaria General de esta Corporacion se comunique el contenido de esta providencia al Juzgado Promiscuo Municipal de Villanueva (Santander), en la forma y para los efectos previstos en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
C-002/93Dec196/91. Art 53 Estatuto De La Abogacia. ExequibleT-475/92Derecho Al Trabajo. Derecho A Escoger Oficio. Libertad De Empresa. Otorgamiento De Licencia Para Instalacion De Billares. Concedida.C-221/92Dec 119/91. Art 6 Parcial. Viaticos Para Los Empleados Del Sena. Principio De Igualdad. Constitucional
Citada por12
T-909/11Tutela de 2011T-1045/10Tutela de 2010T-078/10Tutela de 2010C-840/10Acreditacion De Un Termino Minimo De Convivencia Como Condicion Para Adopcion Conjunta Por Parte De Compañeros Permanentes. No Vulnera La Protección De La Familia, Ni El Interés Superior De Los Niños Y AdolescentesT-293/09Tutela de 2009T-024/09Tutela de 2009
Ver las 12 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.