Sentencia de Tutela11 de agosto de 1992
T-487 de 1992
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Danilo Molina
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud. Libertad De Locomocion. Libertad De Residencia. Cobro Judicial Para Salir Del Hospital. Villavicencio. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Hospitales
- Prohibición
Cobro Judicial
- Procedencia
Derecho A La Salud
- Asistencia médica
Establecimiento Hospitalario
- No puede retener a paciente por estar pendiente cuenta de cobro
Retencion De Paciente Por Parte De Hospital
- Caso en que se utilizó como forma de presionar el pago de la obligación por la atención prestada
8 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia del Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Villavicencio, con las aclaraciones aqui formuladas y por las razones expuestas en esta Sentencia.
- Segundo. PREVENIR a las directivas del Hospital Regional del Meta de conformidad con el articulo 24 del decreto 2591 de 1991, para que en ningun caso vuelvan a incurrir en las acciones que dieron merito para conceder la tutela.
- Tercero. COMUNICAR el contenido de esta Sentencia a la Fiscalia General (Seccional del Meta), a la Procuraduria General de la Nacion y al Tribunal de Etica Medica para lo de su competencia.
- Cuarto. A traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional, ENVIAR copia de esta Sentencia al Defensor del Pueblo, a la Consejeria Presidencial para la Defensa, Proteccion y Promocion de los Derechos Humanos, al Ministerio de Salud, al Servicio Seccional de Salud del Meta, al Comite de Etica Hospitalaria del Hospital Regional de Villavicencio y a la Asociacion Colombiana de Facultades de Medicina "ASCOFAME".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por12
C-083/22Propiedad Intelectual. Prima El Derecho De Autor Sobre Los Demás, En Una Proporción Del 60 Por Ciento Del Total Recaudado.T-422/19Derecho A La Salud Y A La Educación De Menores De Edad.T-117/19Acceso A Servicios De Salud No Incluidos En El Pbs Que Se Requieren Con Necesidad Y Suministro De Pañales.C-602/19Observancia De Normas Procesales. Las Estipulaciones De Las Partes Que Establezcan El Agotamiento De Requisitos De Procedibilidad Para Acceder A La Justicia No Son De Obligatoria Observancia.T-465/18Derecho Fundamental A La Salud Y Componente De Integralidad, Accesibilidad Y Oportunidad En La Ley Estatutaria 1751/15.T-175/15Tutela de 2015
Ver las 12 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.