Micelio
Sentencia de Tutela9 de mayo de 2012

T-330A de 2012

Ponente Adriana María Guillén Arango

Demandante Maribel Bedoya Giraldo·Demandado Banco Davivienda Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Entidad Bancaria Y Constructora
  • Solicitud desembolso de dinero y entrega de inmueble según acuerdo financiero suscrito antes de la muerte del cónyuge
  • Improcedencia por cuanto conflicto es de carácter civil y comercial cuya resolución pertenece a la jurisdicción ordinaria
Acción De Tutela
  • Procedencia cuando no existan otros instrumentos procesales de defensa judicial para proteger el derecho invocado
  • Procedencia cuando se está frente a un sujeto de especial protección
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Requisito de procedibilidad
Perjuicio Irremediable
  • Elementos que lo conforman deben probarse de manera sumaria
  • Condiciones que deben reunirse para que se verifiquen su existencia a pesar de existir otros mecanismos
  • Requisitos para que se configure
5 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante alega que el Banco Davivienda S.A. y la constructora Prisma Ingeniería S.A., vulneraron sus derechos fundamentales a la familia, a la igualdad, a la vivienda digna y a la dignidad humana, en virtud de la negativa de desembolsar un préstamo acordado y de entregar un inmueble prometido, a pesar del acuerdo financiero suscrito entre las partes antes de la muerte de su cónyuge y del registro de la vivienda.

Al verificar que existen otros medios de defensa judicial para resolver el problema planteado y al no encontrar probado un perjuicio irremediable que haga procedente la tutela en el caso específico, la Sala decide decretar LA IMPROCEDENCIA de la acción impetrada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la providencia del Juzgado
  2. Tercero. Penal Municipal de Palmira del 2 de diciembre de 2011 y en su lugar DECLARAR improcedente la acción impetrada.
  3. Segundo. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJorge Iván Palacio Palacio
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.