Micelio
Sentencia de Tutela20 de junio de 1997

T-305 de 1997

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Edilfonso Orozco Barros

Tema · dato duro
Der. De Peticion. Permiso A Recluso. El Juez De Tutela Una Vez Proferido Su Fallo No Puede Modificarlo Adicionarlo O Revocarlo. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Juez De Tutela
  • Proferido el fallo pierde competencia para modificarlo, adicionarlo o revocarlo
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito de Barranquilla el trece (13) y el catorce (14) de febrero de mil novecientos noventa y siete (1997), al resolver sobre la acción de tutela instaurada por EDILFONSO OROZCO BARROS, contra la Penitenciaría Nacional "El Bosque", del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, y, en su lugar, conceder la protección impetrada.
  3. Segundo. ORDENAR al Director de la Oficina Jurídica del INPEC que, si ya no lo hubiere hecho, resuelva de fondo, en el término de las cuarenta y ocho horas (48) siguientes, acerca de la solicitud de permiso que ha formulado el accionante.
  4. Tercero. ENVIENSE copias del expediente y de esta sentencia al Consejo Superior de la Judicatura -Sala Disciplinaria- y al Procurador General de la Nación, para las correspondientes investigaciones.
  5. Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1.991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.