Sentencia de Tutela16 de junio de 1994
T-285 de 1994
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Ligia Yanette Fuentes
✓
Tema · dato duro
Tutela Contra Particulares. Suplantacion De Jurisdiccion Eclesiastica. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Contra Particulares
- Legatario testamentario
Jurisdiccion Eclesiastica
- Autonomía
Tribunal Eclesiastico
- Decisiones
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E :
- Primero. Confirmar la sentencia de la Honorable corte Suprema de Justicia -Sala de Casacion Civil- del
- primero. de febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994), proferida en el caso de la referencia.
- Segundo. Comuniquese la presente decision al Honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafe de Bogota -Sala de Familia-, para los efectos del articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
C-134/94Dec. 2591/91. Art. 42 Inc. 12 Y 9. Tutela Contra Particulares. Exequibles Salvo N° 1 Expresion "para Proteger... Autonomia" Que Es Inexequible.T-507/93Los Particulares En La Prestacion Del Servicio Publico De Correos. Derecho De Peticion. Servientrega. Concedida.T-251/93Derecho Al Ambiente Sano. Derecho A La Salud. Soc. Proquimhul. Concedida.T-225/93Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada.C-027/93Ley 20/74. Concordato. Exequibles E Inexequibles. Ver Auto 005/93.T-573/92Tutela Contra Particulares. Derecho A La Integridad Personal. Derecho A La Vida. Indefension.
Citada por5
SU.059/24Principio De Laicidad, De Confianza Legítima Y Autonomía Universitaria-Libertad Religiosa, De Conciencia Y De Cultos. Derecho A La Igualdad En Los Centros Oficiales De Educación SuperiorT-444/20Cotizaciones Al Sistema General De Pensiones De Los Miembros De Comunidades Religiosas Y CongregacionesT-449/18Derecho De Peticion Ante Autoridad Eclesiastica,T-1099/03Derecho Al Debido Proceso De Menor De Edad Con Trastorno Hiperactivo. "deficit De Atencion". Solicitud Reintegro. Realizacion Procedimiento Disciplinario. Imposicion Sancion. Verificacion De Hechos. Manual De Convivencia. Deber De Seguimiento Y Apoyo A AlC-507/97Dec. 2277/97. Art. 10 Parcial. Estructura Del Escalafon Docente. Inexequibles.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.