T-278 de 2012
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Jeyson Alexander Montes Loaiza·Demandado Batallon De Infanteria Numero 22 Batalla De Ayacucho Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Orden de realizar liquidación de cuota de compensación según el porcentaje establecido en la Ley para quienes fueron desacuartelados antes de cumplir tiempo del servicio para el cual fueron escogidos
- Obligación del ciudadano
- Procedencia para garantizar el derecho al debido proceso administrativo
- Reiteración de jurisprudencia
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso administrativo.
El accionante considera que las entidades demandadas vulneraron sus derechos fundamentales, al exigirle, para efectos de expedir la libreta militar, el pago de la cuota de compensación sin tener en cuenta que prestó el servicio militar en calidad de soldado regular por nueve meses y que además pertenece al nivel II del Sisben.
El Distrito Militar accionado argumentó que el actor fue incorporado como soldado regular y que el tiempo de servicio de esa modalidad es de 18 a 24 meses.
Así mismo indicó que fue desincorporado por exención, tras cumplir únicamente nueve meses de servicio y que, de acuerdo a la ley, le correspondía pagar una cuota de compensación para poder expedirle la respectiva libreta militar.
Con relación a la pretensión de exoneración de la precitada cuota, adujo que, luego de verificar la base de datos del SISBEN no se encontró al peticionario registrado en ella, por lo que no procedía el mencionado beneficio.
La Sala analiza la siguiente temática: 1º.
Prestación del servicio militar obligatorio y el trámite para definir la situación militar. 2º.
La cuota de compensación militar. 3º.
Procedencia de la acción de tutela para salvaguardar el derecho al debido proceso administrativo.
Se confirma la decisión de instancia que NEGÓ el amparo constitucional solicitado y se ordena realizar la liquidación de la cuota de compensación según el porcentaje establecido en la ley para quienes fueron desacuartelados antes de cumplir con el tiempo del servicio, una vez el accionante inicie el proceso administrativo pertinente y allegue la documentación que se requiere.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida el 3 de octubre de 2011 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, Sala penal, que nego el amparo constitucional solicitado en el proceso de tutela T-3.272.671, modificandolo en el sentido de ORDENAR a la Octava Zona de Reclutamiento - Distrito Militar No. 31 que realice la liquidacion de la cuota de compensacion del senor Jeyson Alexander Montes Loaiza, segun el porcentaje establecido en la ley para quienes fueron desacuartelados antes de cumplir con el tiempo del servicio para el cual fueron escogidos, esto es el 60% del salario minimo legal mensual vigente en el 2009, una vez el accionante inicie el proceso administrativo ante la Octava Zona de Reclutamiento y allegue la documentacion que se requiere.
- SEGUNDO. Librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.