T-257 de 2007
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Hernan Cordoba Osorio Vs. Salud Colpatria Medicina Prepagada
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Solicitud implante de stent coronario por entidad de medicina prepagada
- Falta de diligencia del juez de segunda instancia para proteger los derechos fundamentales del actor
- Hecho superado por implante de stent coronario por entidad de medicina prepagada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida y la salud de afiliado que suscribio contrato de gestion para la prestacion de servicios de medicina prepagada con colpatria y se encuentra afectado en su sistema circulatorio coronario por lo que su medico le recomendo una angioplastia coronaria con implante de stent que la entidad se niega a cubrir pese a estar contemplado en el contrato suscrito.solicita se ordene la intervencion y los controles examenes medicamentos y cualquier eventualidad que se pueda presentar.hecho superado por la cesacion de los motivos que originaron la accion de tutela y la inexistencia de vulneracion o amenaza de derecho fundamental alguno toda vez que la intervencion se efectuo y colpatria asumio el valor de la misma.carencia actual de objeto
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DECLARAR que existe carencia actual de objeto por presentarse un hecho superado, por esta razón se REVOCA la sentencia proferida por el Juzgado Dieciséis Penal del Circuito de Bogotá que denegó el amparo, y se CONFIRMA parcialmente la sentencia proferida por el Sesenta y Cinco Penal Municipal de Bogotá, que tuteló los derechos del actor en el asunto de la referencia.
- SEGUNDO. Por Secretaría General líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.