Micelio
Sentencia de Tutela9 de abril de 2002

T-248 de 2002

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Gloria Cecilia Montoya Osorio Vs. Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio Antioquia Y Otros

Tema · dato duro
Derecho De Peticion De Docentes Al Servicio Del Estado. Solicitud Reconocimiento Y Pago De Cesantias Parciales. Disponibilidad Presupuestal. Fiduciaria La Previsora S.A. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Fiduciaria La Previsora
  • No puede ser sujeto pasivo de la tutela
  • Respuesta sobre solicitud de cesantías parciales de docentes
Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio
  • Reconocimiento de cesantías parciales
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias dictadas por la Sala Primera de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Medellín el 15 de agosto de 2001, y por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia el 10 de octubre del mismo año, para en su lugar TUTELAR el derecho fundamental de petición a la accionante GLORIA CECILIA MONTOYA OSORIO, consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política.
  2. Segundo. ORDENAR, en consecuencia, al representante del Ministerio de Educación Nacional en el Departamento de Antioquia y a la Oficina Coordinadora del Fondo de Prestaciones del Magisterio en ese departamento, que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación de esta providencia y si es que aún no lo han hecho, expidan el acto administrativo que resuelva de fondo la petición presentada por la docente GLORIA CECILIA MONTOYA OSORIO ante la misma oficina regional el 19 de septiembre de 1997 sobre cesantías parciales.
  3. Tercero. ORDENAR que por Secretaría General se dé cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.