T-239 de 2007
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Fredys Miguel Rizzo Horta Vs. Bbva Pensiones Y Cesantias Horizonte S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter subsidiario y residual
- Competencia para decidir sobre solicitud pensional del actor previa determinación de su grado de invalidez
- Entidades a quienes compete la calificación del origen y determinación de la pérdida de capacidad laboral
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la seguridad social al minimo vital al debido proceso y de peticion de afiliado que por perdida de su ojo izquierdo fue incapacitado por mas de ciento ochenta (180) dias habiendo solicitado a la entidad el reconcimiento de la pension y de la indemnizacion correspondiente siendole informado por esta que su caso se encontraba en tramite ante la junta nacional de calificacion de invalidez pero solo ha mediado pronunciamiento respecto del origen de la lesion pero no asi respecto de la perdida de capacidad laboral.solicita se ordene remitir su caso a la junta regional de calificacion de invalidez de bolivar para que se evalue su incapacidad y se determine la fecha de su estructuracion para que la entidad demandada se pronuncie sobre su derecho a la prestacion.procedencia de la accion.
Calificacion del origen y determinacion de la perdida de capacidad laboral.
El legislador establecio un procedimiento administrativo agil destinado a determinar el origen del accidente enfermedad o muerte padecidos por el asegurado con el fin de dilucidar a la mayor brevedad sobre la prestacion de los servicios asistenciales y el otorgamiento o reconocimiento de las prestaciones economicas a las que el afectado o sus beneficiarios tuvieren derecho.
La entidad administradora de pensiones no podria argumentar que no se pronuncia sobre las prestaciones asistenciales o el reconocimiento pensional en tanto no conozca el dictamen de las juntas regional y nacional dado que a estas les compete dirimir las controversias sin perjuicio del derecho de la aseguradora y del asegurado de acudir directamente al dictamen previa la cancelacion de los honorarios a cargo de la entidad correspondiente.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por los Juzgados
- Octavo. Civil Municipal y
- Quinto. Civil del Circuito ambos de Cartagena, el 28 de julio del 2006 y el 18 de septiembre de 2006 respectivamente, para decidir la accion de tutela instaurada por Fredys Miguel Rizzo Horta contra el B.B.V.A. Pensiones y Cesantias Horizonte S.A.
- Segundo. CONCEDER al senor Fredys Miguel Rizzo Horta el amparo de sus derechos fundamentales a la seguridad social, al minimo vital, al debido proceso y de peticion.
- En consecuencia ORDENAR al B.B.V.A. Pensiones y Cesantias Horizonte S.A. que decida, en las cuarenta y ocho horas (48) siguientes a la notificacion de esta providencia la solicitud pensional del actor, previa la determinacion de su grado de invalidez y la fecha de estructuracion de la misma y que, de ser necesario, remita el asunto a la Junta Regional de Calificacion de Invalidez de Bolivar y sufrague los honorarios correspondientes, conforme al articulo 43 de la Ley 100 de 1993.
- Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.