Micelio
Sentencia de Tutela11 de marzo de 2005

T-233 de 2005

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Daniel Alberto Ordóñez Romero Y Otro Vs. Tribunal Superior De Bogota Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Via De Hecho
  • Clases de defectos
  • Nuevas calificaciones de defectos
Liquidacion De Condena En Concreto
  • Demandante debía dentro del término de ejecutoria de la sentencia solicitar la adición de la condena en concreto
  • Juez civil que omite hacerla desconoce artículo 307 del C de PC
Principio Dispositivo
  • Actos procesales de las partes que constituyen manifestaciones de éste
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso y al acceso a la administracion de justicia por la omision de las instancias judiciales de condenar en concreto los perjuicios dentro de proceso ejecutivo adelantado en su contra.

Solicitan dejar sin efectos la sentencia de la sala de decision del tribunal superior del distrito judicial de bogota y ordenar se dicte un fallo de condena de perjuicios en concreto.

Accion de tutela contra providencias de los jueces.

Circunstancias en que se configura via de hecho.

Pese a la ocasión de defensa dentro del proceso juridico los demandantes se abstuvieron de utilizar el mecanismo a su disposicion.

La sal considera que debe hacer un llamado de atención a la sala de decision civil del tribunal superior de bogota en el sentido de que no puede desconocer el principio según el cual las condenas en las sentencias en materia civil por concepto de frutos intereses mejoras perjuicios u otra cosa semejante deben hacerse en concreto.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR, pero por los motivos expuestos en el presente fallo, la sentencia proferida el 24 de agosto de 2004 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, por medio de la cual ésta a su vez confirmó el fallo dictado el 30 de julio de 2004 por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia negando el amparo solicitado por el señor Daniel Alberto Ordoñez Romero y la sociedad Torres Ordoñez Ltda. en liquidación, en la acción de tutela promovida por éstos contra la Sala de Decisión Civil integrada por los Magistrados Edgardo Villamil Portilla, Ricardo Sopó Méndez y Marco Antonio Álvarez Gómez, la integrada por los Magistrados Francisco Flores Arenas, Rodolfo Arciniegas Cuadros y Clara Beatriz Cortes de Aramburu, ambas del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, y el Juzgado 17 Civil del Circuito de Bogotá.
  2. Segundo. ADVERTIR a la Sala de Decisión Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá integrada por los Magistrados Edgardo Villamil Portilla, Ricardo Sopó Méndez y Marco Antonio Álvarez Gómez, que deben aplicar el principio según el cual las condenas en las sentencias en materia civil por concepto de frutos, intereses, mejoras, perjuicios u otra cosa semejante deben hacerse en concreto.
  3. Tercero. LÍBRESE por secretaría la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a13
T-701/04Derechos Al Debido Proceso Acceso A La Administración De Justicia Prevalencia Del Derecho Sustancial Y Defensa Por Decisión De Tribunal Al Declarar La Nulidad De Lo Actuado En Proceso Ejecutivo Con Titulo Hipotecario Derivado De Credito En Upac Otorgado PT-1203/04Derecho Al Debido Proceso Defensa Igualdad Buena Fe Confianza Legitima Y Respeto De Los Trabajadores De La Gobernacion Vulnerados Por El Iss Al Librar Mandamiento De Pago Y Decretado El Embargo De Cuentas Bancarias De La Gobernación. Solicita Se Deje SinT-598/03Derecho Al Debido Proceso Y Defensa. Via De Hecho. Decreto Medidas Cautelares Sobre Cosechas De Platano Sembradas En Lote Arrendado. Proceso Ejecutivo Singular. Procedibilidad. Falta Ejercicio Oportuno De Medios Ordinarios. Tramite Incidental. Tutela ContT-589/03Derecho De Acceso A La Administracion De Justicia. Solicitud Pago Indemnizacion Y Perjuicios Por No Pago De Mesadas Pensionales. Causales De Suspension De Procesos. Accion De Grupo. Tutela Contra Decisiones Judiciales. Procedibilidad. Proceso De ReestructT-359/03Derecho Al Debido Proceso De Personas Juridicas. Via De Hecho Por Consecuencia. Acceso A La Administracion De Justicia. Valor Probatorio Certificaciones Medicas De Incapacidad. Seguridad Juridica. Autonomia Judicial. Tutela Contra Providencias Judiciales.T-307/03Derechos Al Debido Proceso Defensa E Igualdad. Via De Hecho. Filiacion De Menor De Edad. Paternidad Extramatrimonial. Falta De Legitimacion Por Activa. Tutela Contra Providencias Judiciales. Oportunidad O Inmediatez. Negada.
Ver las 13

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.