Micelio
Sentencia de Tutela27 de marzo de 2009

T-223 de 2009

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Catya Luz Julio Venecia Y Ximena Beltran Matiz·Demandado Salud Total Eps Y Colmedica Eps

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Licencia De Maternidad Y Subreglas Jurisprudenciales Para Acceder Al Pago
  • Si el periodo dejado de cotizar es inferior a dos meses se paga el total y si es mayor de dos meses se paga proporcional
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derechos al minimo vital, seguridad social y vida que se informan amenazados por la denegacion de la solicitud de reconocimiento de la prestacion por licencia de maternidad. <br>con base en los requisitos elevados por la jurisprudencia constitucional en relacion con el otorgamiento de la licencia por maternidad y constatada que la cotizacion efectiva de 23.-8 semanas de las 37 que comprende el periodo de gestacion, se ordeno el reconocimiento proporcional de dicha prestacion. <br>concedida <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la Sentencia del 26 de junio de 2008 del Juzgado
  2. Undecimo. Civil Municipal de Cartagena, mediante la cual se nego el amparo solicitado por la senora Catya Luz Julio Venecia -expediente T-2.095.198-. En su lugar, CONCEDER, por las razones y en los terminos de esta Sentencia, el amparo a los derechos fundamentales invocados.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la EPS Salud Total, que dentro del termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, si aun no lo hubiere hecho, pague a la senora Catya Luz Julio Venecia, la licencia por maternidad de manera proporcional a las semanas cotizadas respecto de su periodo de gestacion.
  4. TERCERO. REVOCAR la Sentencia del 25 de septiembre de 2008 del Juzgado
  5. Segundo. Penal Municipal de Villavicencio, mediante la cual se nego el amparo solicitado por la senora Ximena Beltran Matiz -expediente T-2.101.288-. En su lugar, CONCEDER, por las razones y en los terminos de esta Sentencia, el amparo a los derechos fundamentales invocados.
  6. CUARTO. ORDENAR a la EPS Salud Total, que dentro del termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta Sentencia, si aun no lo hubiere hecho, pague a la senora Ximena Beltran Matiz, la licencia por maternidad de manera proporcional a las semanas cotizadas respecto de su periodo de gestacion.
  7. QUINTO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.