Micelio
Sentencia de Tutela8 de marzo de 2004

T-217 de 2004

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Aura Maria Alfaro Cervantes Vs Coomeva

Tema · dato duro
Derecho A La Salud De Menor De Edad. Solicitud Suministro De Medicamento Y Tratamiento Para Pubertad Precoz. Ordenado Por Medico Tratante. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Capacidad Economica De Padres De Menor
  • Juez debe analizar si otras obligaciones alimentarias impiden asumir el monto de lo exigido por la EPS
  • Prueba
Derecho A La Salud Del Menor
  • Suministro de medicamento por pubertad precoz
Inaplicacion De Normas
  • Medicamento excluido en Acuerdo
Garantia De Accesibilidad Economica En Salud
  • Estado tiene posibilidad de establecer distintos sistemas de financiación
Juicio De Igualdad
  • Ministerio no remitió documentos que prueben fundamentación de trato diferencial en régimen de atención en salud a menores
Plan Obligatorio De Salud
  • Inclusión en Manual de Medicamentos a partir de fallo
7 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Levantar la suspension de terminos en el presente proceso.
  2. Segundo. REVOCAR el fallo del Juzgado
  3. Noveno. Civil Municipal de Cartagena, 22 del abril de 2003, en el cual se nego la tutela, y en su lugar CONCEDER la tutela del derecho fundamental a la Salud de la menor Chabelis del Carmen Padilla Alfaro.
  4. Tercero. ORDENAR a SALUD COOMEVA E.P.S. que, a partir de la notificacion de la presente sentencia, suministre el medicamento ordenado por el medico tratante para atender el mal diagnosticado -Pubertad precoz- sin exclusion alguna de medicamentos.
  5. Cuarto. ORDENAR que por secretaria general se remita copias del expediente a la Procuraduria General de la Nacion a fin de que se investigue la conducta de los funcionarios del Ministerio de la Proteccion Social en relacion con las respuestas dadas a los requerimientos de la Corte Constitucional.
  6. Quinto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.