Micelio
Sentencia de Tutela29 de febrero de 2008

T-216A de 2008

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Olivia Florez Naranjo·Demandado Metrovivienda-Alcaldia Mayor De Bogota

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Subsidio De Vivienda
  • Vulneración del derecho a la igualdad
  • Titulares
Subsidio Distrital De Vivienda
  • Beneficiarios
  • Requisitos
  • Para su postulación se debe cumplir con el requisito consistente en que el Subsidio Familiar de Vivienda otorgado por el Gobierno Nacional se encuentre vigente
Actuacion Legitima De Autoridad Administrativa
  • Se niega Subsidio Distrital por incumplimiento de requisitos
Derecho A La Igualdad
  • Justificación de trato diferente
Derecho A La Vivienda Digna
  • Obligaciones de las autoridades competentes para la población desplazada
Desplazados Internos
  • Beneficiarios del Subsidio Distrital de vivienda
  • Motivos por los cuales las víctimas del desplazamiento interno se encuentran en una situación particular de vulnerabilidad
7 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vivienda digna y a la igualdad de desplazada que solicito la entrega de subsidio distrital de vivienda, el cual fue negado por la entidad al no cumplir con uno de los requisitos dispuestos en el decreto 200 de 2006 para ser beneficiario del mencionado subsidio, cual es, la vigencia del acto administrativo -resolucion no 39 de 2003- a traves del cual le haya sido otogardo un subsidio por el gobierno nacional.

La sala determino que la actuacion de la demandada no comporta un acto discriminatorio, pues no se acredito que otras personas que, siendo beneficiarias del subsidio entregado a traves de la citada resolucion, hayan podido obtener el pago del de caracter distrital.

Denegada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Treinta y Seis Civil Municipal de Bogota el 31 de agosto de 2007 por las consideraciones expuestas en esta providencia.
  2. Segundo. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a16
T-216/08Derecho A La Salud Y A La Libertad De Decision Autonoma De Pensionado De La Armada Nacional Que Padece De Enfermedad Denominada Pseudomixoma Peritoneal O Neoplasia (Cancer) Y Que Se Niega A Someterse A Cirugia Ordenada Por El Medico Cirujano Adscrito A La Entidad Demandada, En Razon A Que, Del Informe Medico Que Contiene La Descripcion Del Procedimiento, Se Establece Que Existe Solo Un 20% De Probabilidades De Exito En El Resultado De La Misma, Por Lo Que Solicito El Tratamiento Paliativo -Paracentesis Abdominal Descomprensiva- El Cual, Pese A Llevarse A Cabo En El Hospital Departamental San Juan De Dios De Puerto Carreño, Fue Rechazado Por La Entidad Al Estimar Que La Institucion Hospitalaria No Cuenta Con La Infraestructura Necesaria Para La Realizacion Del Procedimiento Y Sugiere Que El Actor Sea Trasladado A Bogota.<br>para La Corte, El Derecho A La Salud Comprende La Posibilidad De Escoger De Manera Libre Y Autonoma Si Se Practica O No Un Determinado Tratamiento, Lo Anterior Condicionado Al Consentimiento Informado. La Sala Concluyo Que En Vista De Que El Paciente Habia Recibido La Informacion Suficiente Sobre Su Patologia, En Aras De Proteger Su Derecho A La Vida Digna Y A La Libre Autodeterminacion, No Puede Ser Obligado A Ceñirse A Las Alternativas Medicas Propuestas Por El Medico Tratante. <br>concedidaT-156/08Tutela de 2008T-585/06Tutela de 2006T-791/04Derecho A La Igualdad Vivienda Digna Y Propiedad Privada De Beneficiarios Del Subsidio De Vivienda A Quienes No Se Les Han Girado Las Sumas Correspondientes Por Haber Sido Beneficiarios De Subsisido En Especie De Carácter Municipal. Derecho A La ViviendaT-301/04Derechos A La Igualdad Integridad Libre Desarrollo De La Personalidad Honra Buen Nombre Y Circulacion. Cesacion Inmediata De Permanente Hostigamiento. Orden Desalojo De Homosexuales De Via Publica. Detencion Preventiva Administrativa. Test De ProporcionalT-025/04Derechos A La Vida Integridad Personal Igualdad Trabajo Salud Seguridad Social Educacion Minimo Vital Y Peticion. Goce Efectivo. Atencion Integral. Respuesta Clara Y Oportuna. Desplazamiento Forzado Interno. Evaluacion Situacion Para Inscripcion En Sistem
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