Micelio
Sentencia de Tutela26 de marzo de 2009

T-208 de 2009

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Harold Luis Robles De La Cruz·Demandado Unión Temporal Del Norte, Organización Clínica General Del Norte, Con Vinculación Del Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio Y Fiduprevisora S.A.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Beneficiario Del Servicio De Salud Prestado A Docentes
  • Hijo de docente que estudia en jornada nocturna
  • Caso en que existe hecho superado por haber sido afiliado el hijo de docente que estudia en jornada nocturna
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Salud, vida digna, seguridad social.

El actor afirma que es estudiante universitario en la jornada nocturna, con una intensidad horaria de 26 horas semanales y, se encontraba afiliado al régimen de salud como beneficiario de su padre, pero la entidad accionada se niega a mantener la afiliación debido a que su estudio es nocturno, por lo tanto solicita se le ordene a dicha entidad afiliarlo y prestarle los servicios médicos en calidad de beneficiario de su padre.

Dentro de la actuación procesal la Sala encuentra que se ésta frente a un hecho superado, ya que la entidad accionada cambió su reglamento y por lo tanto pueden ser beneficiarios los hijos de los afiliados entre 18 y 25 años que se encuentren estudiando y dependan económicamente de sus padres.

Niega.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, Sala de Decision Penal, el 1deg de septiembre de 2008, que revoco el fallo dictado el 20 de junio de 2008 por el Juzgado
  2. Primero. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de la misma ciudad, en el sentido de denegar el amparo deprecado por Harold Luis Robles de la Cruz contra la Union Temporal del Norte, Organizacion Clinica General del Norte, con citacion oficiosa del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y Fiduprevisora S. A.
  3. Segundo. DECLARAR la carencia actual de objeto, por existir hecho superado.
  4. Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoHumberto Antonio Sierra PortoAclaraciónJorge Iván Palacio Palacio
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.