T-182 de 2006
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Clara Ines Araujo Millan Vs. Coomeva
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pago por allanamiento a la mora por EPS
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al trabajo la seguridad social la proteccion especial a la maternidad y los derechos del menor de afiliada en el regimen contributivo a quien la entidad se niega a reconocerle la licencia de maternidad aduciendo el pago extemporaneo de los aportes por parte de su empleador.
Solicita se ordene el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.
Pago de la licencia de maternidad.
Le corresponderá a la empresa promotora de salud si recibe el pago de los aportes por parte del empleador cancelar la licencia de maternidad a la trabajadora aun cuando dichos pagos se consignen fuera de las fechas indicadas para ello pues la eps se allana a la mora al recibirlos así sea extemporáneamente.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Revocar la sentencia de fecha quince (15) de diciembre de dos mil cinco (2005), proferida por el Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Buenaventura, en la accion de tutela presentada por la Clara Ines Araujo Millan contra la EPS Coomeva. En consecuencia, Conceder el amparo invocado.
- Segundo. Ordenar al representante legal de la EPS Coomeva o quien haga sus veces, que en caso de que no se hubiere hecho, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta providencia, proceda a reconocer y pagar a favor de la senora Clara Ines Araujo Millan la licencia de maternidad a que tiene derecho.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.