T-166 de 2005
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Maria Eugenia Cano Moreno Vs. Iss
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Protección constitucional
- Objeto
- Pago de licencia de maternidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al trabajo la seguridad social la proteccion especial a la maternidad la integridad física y los derechos del menor de madre cabeza de familia afiliada al regimen contributivo a quien la entidad se niega a reconocerle la licencia de maternidad por el no pago oportuno de las cotizaciones.
Solicita se ordene el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.
Pago extemporáneo de algunos meses de cotización por parte del empleador.
Allanamiento a la mora del empleador.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia del catorce (14) de octubre de dos mil cuatro (2004), proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota - Sala Civil, dentro de la acción de tutela instaurada por la señora Maria Eugenia Cano Moreno contra Seguro Social EPS seccional Cundinamarca.
- Segundo. Ordenar al Seguro Social Seccional Cundinamarca, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo proceda a reconocer y pagar a favor de la señora Maria Eugenia Cano Moreno el valor de la licencia de maternidad que le corresponde.
- Tercero. Por Secretaría General, Líbrense las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.