Micelio
Sentencia de Tutela25 de septiembre de 2000

T-1312 de 2000

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Juan Torres De Luque Y Otro Vs. Municipio De Riohacha Guajira.

Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo Seguridad Social Al Minimo Vital Y A Subsistencia. Cobro De Mesadas Pensionales. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de mesadas pensionales
Empleador
  • Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de mesadas pensionales
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos de tutela proferidos por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia (expediente T-333882) peticionario Juan Torres De Luque y T-340645, demandante Jaime Ballesteros Campo.
  2. En su lugar, CONCEDER la tutela para la protección de los derechos al trabajo y a la seguridad social, en condiciones dignas y justas, al mínimo vital y a la subsistencia de los mismos.
  3. Segundo. ORDENAR al Alcalde del Municipio de Riohacha que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, si no lo hubiere hecho ya, proceda a efectuar las cancelaciones de las mesadas adeudadas a los peticionarios. En caso de no existir los recursos presupuestales suficientes, se concede un lapso de 30 días máximo para que lleve a cabo los trámites presupuestales correspondientes.
  4. Tercero. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.