T-1237 de 2008
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Nelly Patricia Ramos Herrera·Demandado Secretaría De Salud Departamental De Montería
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Hecho superado por haberse autorizado tac cerebral contrastado, electroencefalograma y tratamiento neurológico
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud, vida, integridad física y seguridad social de afiliada al régimen subsidiado a quien le fue diagnosticado síndrome convulsivo venoso, razón por la cual se le ordenó tac cerebral contrastado, electroencefalograma y tratamiento neurológico integral.tales servicios le han sido negados por su no inclusión en el pos. <br>configuración de hecho superado.
Reiteración jurisprudencial.
Se insistió en que tal fenómeno tiene ocurrencia de desaparecer la situación que genera la afectación del derecho fundamental invocado. <br>ello, tuvo lugar en el caso en cuestión, en el que se comprobó que las prestaciones médicas pretendidas ya fueron concretadas. <br>hecho superado
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Cuarto. Administrativo del Circuito de Montería de 29 de julio de 2008, pero por configurarse un hecho superado.
- SEGUNDO. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.