Sentencia de Tutela2 de diciembre de 2004
T-1202 de 2004
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Bertha Ines Zapata Moya Vs. Cafesalud
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y La Vida De Menor Beneficiaria Del Regimen Contributivo Enferma De Leucemia A Quien La Entidad Le Demora El Tratamiento De Quimioterapia Y Hospitalizacion Ordenado Por Medico Tratante Pese A Que Media Orden Emitida Dentro De Accion De
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derechos Del Niño
- Protección especial
Entidad Promotora De Salud
- Imposibilidad de exigir los pagos de servicios médicos que fueron exonerados mediante fallo de tutela
Accion De Tutela Contra Entidad Promotora De Salud
- Procedencia excepcional por incumplimiento de sentencia que protege el derecho a la salud de menor
Enfermedades De Alto Costo
- Requiere de continuidad y de oportuno suministro del tratamiento prescrito
Derecho A La Salud Del Niño
- Continuidad en el tratamiento del menor aunque no cumpla con los periodos mínimos de cotización
- Fundamental
Principio De Continuidad Por Entidad Promotora De Salud
- Imposibilidad de suspender el tratamiento o el medicamento
Temeridad
- Inexistencia para el caso
7 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR por las razones expuestas en este Fallo, la Sentencia proferida el 9 de julio de 2004 por el Juzgado Setenta Civil Municipal de Bogota, y en su lugar amparar de manera transitoria los derechos a la salud y la vida, de la menor Bertha Catherine Vanegas Zapata.
- En consecuencia, ORDENAR a CAFESALUD E.P.S. Regional Cundinamarca que una vez notificado del fallo, continue prestando los servicios de quimioterapia y hospitalizacion a la menor a favor de quien se acciona, ordenados por los facultativos adscritos a la EPS dentro del tratamiento que le sigue para controlar la leucemia linfoide aguda que la aqueja, asi como los demas servicios de salud (v.gr. consultas medicas, examenes, procedimientos quirurgicos, suministro de medicamentos, etc) que por el cancer y su estado de salud requiera, SIN QUE LE SEA OPONIBLE EL COBRO DE SUMAS DE DINERO O CUALQUIER OTRA CONDICION PARA EL EFECTO.
- Segundo. ADVERTIR a la senora BERTHA INES ZAPATA MOYA que tiene la obligacion de proponer ante el Juez Dieciocho Penal Municipal de Bogota el respectivo incidente de desacato dentro del plazo previsto en el articulo 8 del Decreto 2591 de 1991 para lograr la proteccion definitiva de los derechos fundamentales de su hija Bertha Catherine Vanegas.
- Tercero. OFICIESE a la Defensoria del Pueblo Regional Cundinamarca, para lo de su cargo.
- Cuarto. Librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-919/03Improcedencia De Tutela Temeraria. Finalidad Del Juramento En La Accion De Tutela. Cumplimiento De Ordenes De Tutela. Opcion De Presentar Nueva Tutela Por Una Violacion Adicional. Derechos A La Salud Y Vida De Enfermo De Sida. Examen De Carga Viral. SuminT-356/02Derecho Al Minimo Vital. Pago Subsidio Familiar A Menor De Edad. Ley 21 De 1982. Estatuto Organico Del Sistema General De Seguridad Social En Salud. Decreto 1298 De 1994. Comfaoriente. Concedida.T-231/99Der. A La Vida Y A La Salud. Suspension De Tratamiento De Enfermedades Catastroficas. Periodos De Cotizacion. Menor Con Leucemia. Concedida.T-505/98Der. A La Salud De Los Niños. Enfermedades Catastroficas. Exigencia Del Minimo De Semanas De Cotizacion. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.