Sentencia de Tutela31 de enero de 2001
T-114 de 2001
Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Demandante Jorge Armando Muñoz Vs Cafesalud
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida De Personas De La Terecera Edad. Solicitud Practica Cirugia Para La Implantacion De Valvula De Hakim Programable. Enfermedad De Alto Costo Y Catastrofica. Periodo Minimo De Cotizacion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Enfermedades Catastroficas O Ruinosas
- Intervención quirúrgica por EPS sin cumplir periodo mínimo de cotización
Entidad Promotora De Salud
- Cirugía para implantación válvula de hakim
- Repetición contra el FOSYGA
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia del 10 de abril de 2000 proferida por el Juzgado
- Quinto. Civil del Circuito de Bucaramanga y en su lugar, CONCEDER la tutela para la protección de los derechos fundamentales a la salud, la vida y de las personas de la tercera edad de la señora Herminia Sánchez de Muñoz.
- Segundo. INAPLICAR en el caso concreto, el artículo 61 del Decreto 809 de 1998 y ORDENAR a la empresa CAFESALUD, E.P.S., que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente sentencia, proceda a autorizar la práctica de la cirugía prescrita por el médico tratante a la señora Herminia Sánchez de Muñoz, beneficiaria del señor Jorge Armando Muñoz Sánchez.
- Tercero. PREVENIR a la empresa CAFESALUD, E.P.S. para que se apreste a cumplir lo ordenado en esta providencia, so pena de que en caso de incumplimiento, se apliquen las sanciones legales correspondientes.
- Cuarto. LIBRESE por la Secretaría, la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a14
T-975/99Derecho A La Vida La Salud. Igualdad. Suministro De Medicamentos Iss. Concedida.T-060/99Der. A La Salud Y A La Vida. No Se Requieren Periodos Minimos De Cotizacion Para Enfermedades De Alto Costo. Sida. I.S.S. Concedida.T-042/99Der. A La Salud Y A La Vida. Negativa De Cafesalud E.P.S. De Suministro De Audifonos. Negada.SU.819/99Derecho A La Salud. Der A La Vida. Tratamiento Medico En El Exterior Transplante De Medula. Minsalud Colmena Salud E.P.S. Mandamientos Para Las Eps. Concedida.T-691/98Der. A La Salud. Der. A La Vida. Tratamiento De Enfermedades Catastroficas Sin El Cumplimiento De Las 100 Semanas De Cotizacion. Concedida.T-628/98Der. A La Salud Y A La Vida De Los Menores De Edad. No Se Practica Cirugia Cardiovascular Por Unimec S.A. Por No Tener Las 100 Semanas De Cotizacion. Concedida.
Ver las 14 →Citada por1
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.