T-1049 de 2010
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Delfin Diaz Torres·Demandado Herederos De Arturo Andrade Useche
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que no se le reconoce al demandante el tiempo de servicio trabajado en labores del campo en terrenos de propiedad del causante
- Caso en que no se le reconoce al demandante el tiempo de servicio trabajado en labores del campo en terrenos de propiedad del causante
- Caso en que no se le reconoce al demandante el tiempo de servicio trabajado
- Fundamental e imprescriptible
- Protección constitucional especial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Seguridad social, mínimo vital, vida digna.
El accionante laboró para el señor Arturo Andrade desde el año de 1994 durante varios años y luego siguió trabajando para el hijo del mismo hasta el año 2008, el cual dio por terminado el contrato de trabajo sin que mediara justa causa, sostiene que solo fue afiliado al Sistema de Seguridad Social a partir del año 2001, solicita se reconozcan y paguen los aportes de las semanas anteriores, para poder acceder a su pensión de vejez.
La Sala se pronuncia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela contra particulares, la seguridad social como derecho fundamental e imprescriptible, la protección especial a las personas de tercera edad, se encuentra que los derechos del actor han sido vulnerados, por lo tanto se ordena reconocer y consignar al ISS las semanas faltantes para que pueda acceder a su pensión de vejez.
Concedida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR los fallos de tutela adoptados por el Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Purificacion, Tolima, del 23 de abril de 2010, y por el Juzgado Promiscuo de Familia de Purificacion, Tolima, del 8 de junio de 2010, dentro de la accion de tutela promovida por el senor Delfin Diaz Torres, por las razones antes expuestas.
- SEGUNDO. ORDENAR al senor Carlos Arturo Andrade Rodriguez, en su calidad de empleador, asi como a los herederos del senor Arturo Andrade Useche, le reconozcan y consignen al Instituto de Seguro Social las semanas faltantes de cotizar al senor Delfin Diaz Torres, durante los anos comprendidos del 1 de enero de 1994 al 31 de diciembre de 2000, a fin de que pueda solicitar su pension de vejez ante la citada entidad.
- TERCERO. ADVERTIR al senor Delfin Diaz Torres, que si dentro del termino de cuatro (4) meses contados a partir de la notificacion de la presente providencia no inicia las acciones judiciales pertinentes, el presente fallo perdera sus efectos, en virtud del articulo 8 del Decreto 2591 de 1991.
- CUARTO. Por Secretaria General librese las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.