Sentencia de Tutela28 de noviembre de 2002
T-1035 de 2002
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Jose Vicente Celis Lozano Y Otros Vs. Alcaldia Mayor De Bogota Y Otro
✓
Tema · dato duro
Derechos De Peticion Igualdad Y Debido Proceso. Convocatoria Para Transar Beneficio Economico Por Denuncia Y Entrega De Fuegos Artificiales Y Artitulos Pirotecnicos. Obtencion Por Asociados De Resoluciones Expresas Y Motivadas De La Administracion. Conced
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Alcaldia Mayor
- Compensación económica y programa de reconversión laboral por denuncia y entrega de materiales pirotécnicos
- Prohibición de actividades relacionadas con artículos pirotécnicos
- Igualdad de trato al resolver las actuaciones
- Obligación de culminar actuaciones iniciadas
Derecho De Peticion
- Resolución expresa y motivada por parte de la administración
Acción De Tutela
- Procedencia para proferir pronunciamiento que la administración omite resolver
Actuacion Administrativa
- Eficacia
Debido Proceso E Igualdad De Trato
- Vulneración de la administración si no emiten pronunciamientos que los particulares requieren
Derecho De Peticion Frente Al Silencio Administrativo Negativo
- Debe resolver la solicitud
6 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (16 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E:
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Veinte Civil del Circuito de Bogota, el 29 de octubre del 2001, para decidir la accion de tutela instaurada en contra de la Alcaldia Mayor de Bogota -Direccion de Prevencion de Atencion de Emergencias (DPAE), y el Fondo para la Prevencion y Atencion de Emergencias del Distrito Capital (FOPAE)- por Jose Vicente Celis Lozano, Alvaro Garcia Alvarado, Jaime Alfonso Medina Sanchez, Maria Teresa Sanchez de Angel, Martha Lilia Vargas Martinez y Maria del Carmen Vargas Martinez -T-540.902-
- Segundo. CONFIRMAR la decision adoptada por el Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogota, el 27 de noviembre del 2001, para decidir la accion de tutela instaurada por Carlos Humberto Castillo Rodriguez, Rosa Cascavita Mayorga, Guillermo Duarte Lopez, Jose Alfonso Morales Rodriguez y Rosa Elvira Sanchez Circa, en contra de la Alcaldia Mayor de Bogota -Direccion de Prevencion de Atencion de Emergencias (DPAE) y Fondo para la Prevencion y Atencion de Emergencias del Distrito Capital (FOPAE)- (T-544.552).
- Tercero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 14 de diciembre del 2001, por el Juzgado Treinta y Tres Civil del Circuito de Bogota, dentro de la accion de tutela instaurada por Miguel Antonio Londono Parra, Blanca Iris Moreno de Alvarado, Jorge Antonio Parraga Rico, Maria Ines Piernagorda de Lombana y Alberto Antonio Saenz, en contra de la Alcaldia Mayor de Bogota -Direccion de Prevencion de Atencion de Emergencias (DPAE) y Fondo para la Prevencion y Atencion de Emergencias del Distrito Capital (FOPAE) - (T-547.635).
- Cuarto. CONFIRMAR el fallo adoptado por el Juzgado
- Sexto. Civil del Circuito de Bogota el 23 de noviembre del 2001, para conceder la accion de tutela instaurada en contra de la Alcaldia Mayor de Bogota - Direccion de Prevencion de Atencion de Emergencias (DPAE) y Fondo para la Prevencion y Atencion de Emergencias del Distrito Capital (FOPAE)- por Noralba Sanchez Sirca, Maria Helena Cardenas Sanchez, y Alvaro Florian Matallana -T-548.614-;
- Quinto. CONFIRMAR la sentencia proferida el 12 de diciembre de 2001, por el Juzgado Treinta y Cinco Civil del Circuito de Bogota, para conceder la proteccion constitucional invocada por Sandra Patricia Castellanos Avendano, Marina Hernandez de Rodriguez, John Freddy Sanchez Cardenas, y Noe Salcedo Salcedo, en contra de la Alcaldia Mayor de Bogota -Direccion de Prevencion de Atencion de Emergencias (DPAE) y Fondo para la Prevencion y Atencion de Emergencias del Distrito Capital (FOPAE)-.
- Sexto. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Treinta y Dos Civil del Circuito de Bogota el 22 de enero del ano en curso, dentro de la accion de tutela instaurada en contra de la Alcaldia Mayor de Bogota -Direccion de Prevencion de Atencion de Emergencias (DPAE) y Fondo para la Prevencion y Atencion de Emergencias del Distrito Capital (FOPAE)-, por Luis Angel Gonzalez Acosta, Jose Eliecer Julio, Gabriel Yovanni Ramos Velasquez, y Gonzalo Francisco Rojas Celis.
- Septimo. REVOCAR el fallo adoptado por el Juzgado
- Sexto. Civil del Circuito de Bogota el 23 de noviembre del 2001, con relacion a la proteccion constitucional invocada por Martha Sara Ruiz Novoa, en contra de la Alcaldia Mayor de Bogota - Direccion de Prevencion de Atencion de Emergencias (DPAE) y Fondo para la Prevencion y Atencion de Emergencias del Distrito Capital (FOPAE)- (T-548.614).
- Octavo. REVOCAR la sentencia proferida el 12 de diciembre de 2001, por el Juzgado Treinta y Cinco Civil del Circuito de Bogota, respecto de la proteccion constitucional concedida a Amanda Duarte Lopez, en contra de la Alcaldia Mayor de Bogota -Direccion de Prevencion de Atencion de Emergencias (DPAE) y Fondo para la Prevencion y Atencion de Emergencias del Distrito Capital (FOPAE)- -T-553.584-.
- Noveno. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Treinta y Dos Civil del Circuito de Bogota el 22 de enero del ano en curso, dentro de la accion de tutela instaurada en contra de la Alcaldia Mayor de Bogota -Direccion de Prevencion de Atencion de Emergencias (DPAE) y Fondo para la Prevencion y Atencion de Emergencias del Distrito Capital (FOPAE), en lo atinente a la proteccion negada a Lucila Sanchez Vega -T-554.848-.
- Decimo. PROTEGER los derechos fundamentales de peticion, igualdad y debido proceso de Jose Vicente Celis Lozano, Alvaro Garcia Alvarado, Jaime Alfonso Medina Sanchez, Maria Teresa Sanchez de Angel, Martha Lilia Vargas Martinez, Maria del Carmen Vargas Martinez, Carlos Humberto Castillo Rodriguez, Rosa Cascavita Mayorga, Guillermo Duarte Lopez, Jose Alfonso Morales Rodriguez, Rosa Elvira Sanchez Circa, Miguel Antonio Londono Parra, Blanca Iris Moreno de Alvarado, Jorge Antonio Parraga Rico, Maria Ines Piernagorda de Lombana, Alberto Antonio Saenz, Noralba Sanchez Sirca, Maria Helena Cardenas Sanchez, Alvaro Florian Matallana, Sandra Patricia Castellanos Avendano, Marina Hernandez de Rodriguez, John Freddy Sanchez Cardenas, Noe Salcedo Salcedo, Luis Angel Gonzalez Acosta, Jose Eliecer Julio, Gabriel Yovanni Ramos Velasquez, y Gonzalo Francisco Rojas Celis.
- En consecuencia ORDENAR a la Alcaldia Mayor de Bogota que, en los cinco dias siguientes a la notificacion de esta providencia defina, mediante resolucion motivada y expresa, las actuaciones a que dieron lugar el Decreto 791 y la Circular OPES de 1995, iniciadas a instancia de los nombrados entre el 12 y el 31 del mismo ano.
- Undecimo. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1.991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
T-1160/01Derecho Al Minimo Vital De Docentes. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Procedencia Excepcional De La Tutela. Conducta Omisiva. Llamado A Prevencion. Hecho Superado Parcialmente. Ley 550 De 1999. Concedida.T-321/98Der. A La Igualdad. Via De Hecho. Solicitud De Reintegro De Trabajadores. Alcalis De Colombia. Negada.T-414/95Der. De Peticion. Der. Al Buen Nombre. Debido Proceso. Retencion De Automotor Por La Sijin. Negada.T-538/94Terminos Judiciales. Principio De La Buena Fe. Facultad De Declarar Desierto El Recurso De Apelacion. Via De HechoT-481/92Derecho De Peticion. Derecho Al Trabajo. Derecho A La Seguridad Social Pension De Invalidez. Concedida.
Citada por4
T-599/05Tutela de 2005T-898/04Derecho Al Debido Proceso Trabajo Y Minimo Vital De Funcionarias Administrativas Del Colegio Municipal Roberto Duran Alvira A Quienes Les Suspendieron El Pago De Salarios Y Demas Acreencias Laborales Como Tambien Los Aportes A La Seguridad Social. SolicitT-951/03Derechos De Peticion Vida Igualdad Y Seguridad Social De Persona Con Discapacidad. Solicitud Reconocimiento Pension De Invalidez Permanente Y Total Por Regimen Comun. Respuesta A Recurso De Apelacion Interpuesto. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis MesesT-247/03Derechos Al Trabajo Dignidad Peticion Y Debido Proceso De Conjuez. Solicitud Reconocimiento Y Pago De Honorarios. Respuesta Pronta Y Oportuna. Forma Y Cuantia De Las Remuneraciones. Non Reformatio In Pejus. Concedida Parcial.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.