Micelio
Sentencia de Tutela10 de octubre de 2005

T-1024 de 2005

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Juan Carlos Jaramillo Sánchez Vs. Club Deportivo Los Millonarios Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Coldeportes
  • Investigación en caso de doble contratación por parte de Club Deportivo
Derechos Deportivos
  • Reglas y subreglas que se aplican
  • Límites constitucionales
  • Titularidad en jugadores
Futbol Profesional
  • Organización y ubicación dentro del ordenamiento constitucional
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al libre desarrollo de la personalidad la libertad de trabajo y a la libre escogencia de profesión u oficio de jugador de fútbol profesional cuyos derechos se encuentran registrados bajo la titularidad del club deportivo los millonarios ante la dimayor y quien notifico su decisión de dar por terminado unilateralmente su contrato de trabajo por la no cancelación del salario y la no transferencia de los aportes a la seguridad social pero el club se ha abstenido de entregar la carta de libertad de los derechos al jugador.

Solicita se ordene entregar la carta de libertad sobre sus derechos deportivos para poder ejercer libremente su profesión.

El fútbol profesional su organización y ubicación dentro del ordenamiento constitucional.

Los derechos deportivos de los jugadores de fútbol y sus limites constitucional.

El régimen que concierne a los derechos deportivos establece que los jugadores profesionales deben tener la titularidad sobre sus derechos deportivos en aquéllos casos en los que cese la relación laboral con el club y el mismo no ofrezca al deportista un nuevo contrato de trabajo o una transferencia temporal a otro club deportivo.

De esta manera son garantizados los derechos fundamentales de los jugadores al trabajo al libre desarrollo de la personalidad y a la posibilidad de escoger libremente profesión u oficio.

No obstante lo anterior como ya se reiterado ampliamente esta regla no es absoluta puesto que la conducta de los deportistas debe ajustarse al principio constitucional de la buena fe y al deber constitucional de no abusar de sus propios derechos.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REANUDAR los términos del proceso de tutela de la referencia (Expediente T-987982) los cuales fueron suspendidos por orden de la Sala Quinta de revisión mediante Auto del 8 de marzo de 2005.
  2. Segundo. TUTELAR los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad de trabajo y a la libre escogencia de profesión u oficio del accionante Juan Carlos Jaramillo Sánchez. En consecuencia, REVÓQUENSE las sentencias proferidas por el Juzgado sesenta y seis (66) Civil Municipal de Bogotá, en primera instancia, y por el Juzgado veintitrés (23) Civil del Circuito de esta misma ciudad, en segunda instancia, dentro de la acción de tutela instaurada por Juan Carlos Jaramillo Sánchez contra el club deportivo Los Millonarios; la División Mayor del Fútbol Colombiano (DIMAYOR) y la Federación Colombiana de Fútbol (COLFUTBOL)
  3. Tercero. ORDENAR al club deportivo Los Millonarios que dentro de las cuarenta y ocho siguientes a la notificación de esta providencia, si no lo hubiere hecho, entregue al accionante la carta libertad sobre sus derechos deportivos.
  4. Cuarto. Así mismo, ORDENAR a la División Mayor del Fútbol Colombiano -DIMAYOR y al Instituto Colombiano del Deporte -COLDEPORTES-, que realicen los trámites pertinentes en el marco de sus competencias, con el propósito de que la titularidad sobre los derechos deportivos del jugador Juan Carlos Jaramillo Sánchez quede efectivamente registrada a su nombre, con posterioridad a la entrega de la carta de libertad sobre sus derechos deportivos, por parte del club deportivo Los Millonarios.
  5. Quinto. COMPULSAR copias de la actuación surtida en sede de tutela, con destino al Instituto Colombiano del Deporte para que éste, de conformidad con las funciones a él atribuidas por la Ley 181 de 1995, decida si inicia una investigación relacionada con una eventual doble contratación por parte del Club Deportivo accionado.
  6. Sexto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.