Providencias que cita
T-1002/00 invoca estas providencias en su argumentación. · 12 en total.
Volver a la ficha de T-1002/00Derecho A La Salud. Suspension De Atencion Medica Por Mora En El Pago De Aportes. La Mora Tiene Origen En El Empleador Por Ello Es El Quien Debe Responder. Negada.
Tutela Contra Cajanal. Mora En Los Aportes. Derecho A La Seguridad Social Es Fundamental. Concedida.
Suspension De Servicios Medicos Prestados Por Cajanal A Traves De Clinica Por Falta De Recursos. No Hay Violacion De Derecho Funamental. Negada.
Tutela Contra Empresa Comercial Moderna. Tutela Contra Particulares. Pago De Acreencias Laborales. No Pago De Aportes Para Seguridad Social Salud Y Pension. Concedida.
Der. A La Seguridad Social. Der. A La Salud. Continuidad En El Servicio Publico De Salud. Mora En El Pago De Aportes En Salud. Quintex Empresa En Concordato. Concedida Parcialmente.
Der. A La Salud. Traslado De Docente Por Enfermedad. Der. Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas. Concedida.
Der. A La Salud. Suspension Del Servicio De Salud. No Se Practico Cirugia De Rodilla Porque La E.P.S. No Cancelo Los Servicios A La Clinica. Concedida.
Der. A La Salud. Der. A La Vida. Tratamiento Medico En El Exterior. Negligencia Del I.S.S. Reembolso. Concedida.
Der. A La Salud. Cirugia De Senos Prominentes. Coomeva E.P.S. Se Niega A Realizarla Por Considerar Que Es Cirugia Estetica. Concedida.
Ley 100/93. Arts. 33 Parcial Y 209. Incumplimiento De La Obligacion De Cotizar El Patrono A Las E.P.S. Prestacion Del Servicio De Salud Al Trabajador Que Cotizo Cumplido. Exeq.
Derecho A La Seguridad Social. Derecho A La Salud. Caja Nacional De Prevision (Cordoba). Concedida.
Derecho A La Salud. Derecho A La Vida. Derecho A La Asistencia Publica. Tutela Transitoria. Hosp. Univ De Caldas. Concedida.