Micelio
Sentencia de Tutela23 de febrero de 2011

T-099 de 2011

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Nelli Orostegui De Bayona Como Agente Oficiosa De Rodrigo Bayona Sanchez·Demandado Iss Seccional Santander

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Pension De Invalidez
  • Reconocimiento en caso de mora en el pago de aportes por parte del empleador
Indemnizacion Sustitutiva De Pension De Vejez
  • Entidades encargadas de su reconocimiento, deben tener en cuenta semanas cotizadas con anterioridad a vigencia del Sistema de Seguridad Social en Pensiones
5 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Seguridad social, mínimo vital, vida digna de adulto mayor.

La accionante, agenciado oficiosamente a su esposo de 66 años de edad, solicitó ante el ISS el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, aduciendo que su agenciado cumplió con los requisitos legalmente exigidos, éstos son: la pérdida de la capacidad laboral superior al 50% (por cáncer de laringe en estado terminal) y 50 semanas cotizadas en los últimos 3 años anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez.

El ISS negó la solicitud al considerar que el actor no cumplía con el requisito de las semanas cotizadas, ya que presentaba mora en el pago de algunos aportes por parte del empleador.

La Sala en el caso concreto estableció que la pensión de invalidez como componente esencial de la seguridad social adquiere rango fundamental y que el trabajador no debe soportar las consecuencias generadas por la negligencia de los empleadores constituidos en mora, ni la omisión de los administradores de pensiones de hacer efectivo el cobro de dichos aportes.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido en agosto 5 de 2010, por el Tribunal Administrativo de Santander, que en su momento revoco el dictado en mayo 20 del mismo ano, por el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Bucaramanga, que concedio la tutela presentada por la senora Nelli Orestegui de Bayona como agente oficiosa del senor Rodrigo Bayona Sanchez, contra el Instituto de Seguros Sociales, seccional Santander.
  2. Segundo. En su lugar, se dispone DEJAR SIN EFECTOS las Resoluciones Ndeg 5649 de junio 25 y Ndeg 8578 de septiembre 21 de 2009, y Ndeg 029 de enero 15 de 2010, proferidas por el Instituto de Seguros Sociales, seccional Santander, y TUTELAR los derechos al minimo vital, a la vida digna, a la salud, a la tercera edad y a la seguridad social del demandante, ordenandole al referido Instituto que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, por conducto de su representante legal o quien haga sus veces, si no lo ha efectuado, expida acto de reconocimiento y empiece a pagar la reclamada pension de invalidez del senor Rodrigo Bayona Sanchez, cubriendo desde enero 12 de 2006, fecha de estructuracion de la incapacidad.
  3. Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.