Micelio
Sentencia de Tutela25 de enero de 2002

T-034 de 2002

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Antonio Maria Arango Loboguerrero Vs. Compañía De Inversiones De La Flota Mercante S.A. En Liquidacion Y Otros

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital Y Vida De Persona De La Tercera Edad. Pago Oportuno De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales Y Aportes En Salud. Deficit Presupuestal. Responsabilidad Subsidiaria. Relacion De Causalidad Objetiva. Federacion Nacional De Cafeter
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Federacion Nacional De Cafeteros
  • No requiere el voto favorable del Ministerio de Hacienda para cumplimiento de sentencias
Sentencia De La Corte Constitucional
  • Efectos inter comunis frente a proceso de liquidación de Flota Mercante
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la Sentencia de tutela proferida por Juzgado Dieciocho Civil Municipal de Bogota, el veintiocho (28) de noviembre de 2000, mediante la cual se decidio negar la tutela interpuesta por el senor Antonio Maria Arango Loboguerrero contra La Compania de Inversiones de la Flota Mercante S.A.- en Liquidacion obligatoria- y La Federacion Nacional de Cafeteros y/o Fondo Nacional del Cafe.
  2. SEGUNDO. TUTELAR los derechos fundamentales del senor Antonio Maria Arango Loboguerrero al minimo vital, a la vida en condiciones dignas y a la proteccion de la tercera edad, en los terminos previstos en la parte resolutiva de la Sentencia SU.1023 de 2001.
  3. TERCERO. Por Secretaria General de esta Corporacion, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991 y REMITASE una copia de la Sentencia SU.1023 de 2001 al Juzgado Dieciocho Civil Municipal de Bogota para su conocimiento y el de las partes en el presente proceso.
  4. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.