T-027 de 2005
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Comfandi Vs. Imprede
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia por existir el mismo derecho pero distinto motivo
- Protección de derechos fundamentales de trabajadores afiliados por no recibir su correspondiente subsidio familiar
- Acción de nulidad y restablecimiento en proceso administrativo por falta de competencia
- Falta de competencia para recaudar impuestos
- Incompetencia de entidad descentralizada del orden municipal para ordenar embargo de cuentas bancarias de caja de compensación familiar
- Notificación de actos administrativos para recaudar el pago de impuesto a espectáculos públicos
- Vulneración por falta de competencia de autoridad para adelantar proceso por cobro coactivo
- Competencia de autoridad pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso de entidad publica dentro del tramite de cobro coactivo por falta de competencia.
Solicita a fin de evitar un perjuicio irremediable se disponga que carecen de fuerza legal y no producen efecto juridico alguno los actos administrativos expedidos y la suspension de los mismos.
Inexistencia de una accion de tutela anterior por los mismos hechos.
Principio de legalidad y debido proceso administrativo.
Violación de los mismos por falta de competencia de una autoridad publica para adelantar un proceso por cobro coactivo de un tributo.
Tutela como mecanismo transitorio para prevenir la ocurrencia de un perjuicio irremediable por la actuacion de una autoridad publica incompetente.
Concedida por el tiempo que dure el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- 1. LEVANTAR los terminos para fallar el presente proceso.
- 2. REVOCAR la sentencia proferida el 24 de octubre de 2003 del Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Buga mediante la cual se revoco, a su vez, la decision adoptada el 15 de septiembre de 2003 por el Juzgado Promiscuo Municipal de Calima El Darien.
- 3. CONFIRMAR la sentencia del 15 de septiembre de 2003 proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Calima El Darien, MODIFICANDOLA en el sentido de amparar el derecho al debido proceso a COMFANDI por el tiempo que dure el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho que instauro. En consecuencia, el IMPREDE dejara sin efecto juridico alguno todos los actos administrativos que adopto en el curso del proceso por cobro coactivo que adelanto contra la accionante.
- 4. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1.991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.